Inf. No. 018 – Despacho / Flexibilidad en las jornadas laborales.
Para: Rectores (as) y Docentes de las Instituciones Educativas oficiales de los municipios no certificados del departamento de Boyacá.
De acuerdo con lo dispuesto en la Circular Informativa No. 094 del 24 de septiembre de 2015, solicitamos a los Rectores (as) de las instituciones educativas oficiales de los municipios no certificados del Departamento de Boyacá, concertar las actividades y distribución de tiempos necesarios con los docentes-estudiantes de postgrado, para que ellos garanticen la jornada escolar establecida a los educandos. Igualmente las condiciones de flexibilidad laboral para el cumplimiento de actividades de capacitación formal se debe hacer extensiva a los Funcionarios Administrativos que a la fecha están adelantando estudios.
C on base en la política de calidad educativa orientada a la excelencia docente y al fortalecimiento académico de los estudiantes, agradecemos la aplicación a la Circular Informativa antes mencionada.
Cordialmente,
(Original firmado)
ESAÚ RICARDO PÁEZ GUZMÁN
Secretario de Educación de Boyacá
