CIRCULAR INFORMATIVA No. 092

Tunja, 04 de agosto de 2016

PARA RECTORES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DE LOS MUNICIPIOS NO CERTIFICADOS DEL DEPARTAMENTO DE BOYACA

Asunto: Directrices para complementar el Plan de Recuperación con motivo del paro de transportadores

La anormalidad académica causada por el reciente paro de transportadores, llevó a la Secretaría de Educación de Boyacá, a emitir las Resoluciones Números 4297 del 11 de julio, 4366 del 14 de julio y 4400 del 15 de julio de 2016, las medidas tomadas en los actos administrativos citados fueron necesarias para garantizar la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre ellos la de su efectiva protección a la integridad física, la vida y a  la educación, así como de los demás miembros de la comunidad educativa.

Con el fin de compensar las actividades no ejecutadas y de acuerdo al grado de complejidad, los (as) Rectores (as) previa concertación, perfeccionarán los Planes de Recuperación, teniendo en cuenta las siguientes directrices transitorias hasta cumplir con el tiempo a compensar: Las horas faltantes se pueden recuperar de lunes a viernes en la sexta hora en primaria y en la séptima hora en básica secundaria y media académica, media técnica en la octava hora con clases de 50 minutos y descansos pedagógicos definidos en la jornada escolar de cada plantel educativo, en las instituciones educativas que ofrecen Jornada Única se podrán implementar estrategias como el diseño y aplicación de talleres y proyectos pedagógicos, en donde los estudiantes puedan alcanzar los logros previstos, en las horas que se dejaron de trabajar.

Igualmente, cuando las necesidades de compensación del tiempo escolar lo ameriten, pueden tomar en primera instancia los dos (2) días destinados a las jornadas pedagógicas contempladas en el Calendario Escolar del año lectivo 2016 y en segundo lugar hasta (2) días de la Semana de Desarrollo Institucional prevista para el mes de octubre del año en curso.

Todos (as) los (as) docentes que se presentaron en las Personerías o reportado ante el superior inmediato, para justificar las ausencias, deben ser incluidos en las jornadas de recuperación, previa concertación de los tiempos a recuperar plenamente.

Una vez se cumpla con el desarrollo del Plan de Recuperación los (as) Rectores (as) deben informar acerca de los logros alcanzados y las novedades que se presentaron en el proceso de compensación a Carlos Julio Castillo Duarte, Líder de Calidad Educativa de la Secretaría de Educación        de Boyacá a los correos electrónicos: ccastillo@sedboyaca.gov.co y cajucadu@gmail.com

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Cordialmente,

 ESAÚ RICARDO PÁEZ GUZMÁN

Secretario de Educación de Boyacá

 

JOSÉ HERNÁN FORERO BUITRAGO            CARLOS JULIO CASTILLO DUARTE

Líder Área Misional                                                  Líder Calidad Educativa

 

Vo Bo Liliana Roció Osorio Salazar

Líder Asesoría Jurídica SEB

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