Constancia de vinculación a terceros
CONSTANCIA DE VINCULACIÓN A TERCEROS
La Subdirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación de Boyacá, en aplicación del principio de publicidad instituido en el numeral 9 del artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 909 de 2024
HACE SABER
Que el Jefe de Talento Humano de esta Sectorial, radicará solicitud de Cancelación en el Registro Público de Carrera Administrativa, a los servidores relacionados a continuación:
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