Circular inf. No. 55 – Dir. Adtiva / Certificación de labores
Para: Personal Docente, Directivo Docente con traslado de otro ente territorial a la Secretaría de Educación de Boyacá.
Certificación de labores, para no afectar el pago de la prima de vacaciones, año 2015
Con el fin de no afectar el reconocimiento de la prima de vacaciones del presente año, se solicita al personal Docente y Directivo Docente, que vienen trasladados de otras Secretarias de Educación, durante el año 2015, allegar a la oficina de nómina de esta Secretaria, certificación del tiempo de labores, a más tardar el jueves 10 de diciembre de 2015, en donde se evidencie que no han tenido ninguna interrupción en el tiempo laborado durante el calendario académico de la presente vigencia, que afecte el derecho al reconocimiento de la prima de vacaciones. Si al término de la fecha señalada no adjuntan certificación, la oficina de nómina procederá a realizar los ajustes a que haya lugar, con la nómina de diciembre de 2015.
Lo anterior teniendo en cuenta el decreto 1381 de mayo 26 de 1997, artículo segundo.
Cordialmente,
(Original con firmas)
GLADYS YANETH MARIÑO BECERRA
Directora Administrativa
