Boyacá ofrece 2095 cupos educativos para jóvenes, adultos y mayores del Modelo Educativo Flexible – Escuela Integral
Foto: Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP
Conozca las directrices impartidas por la Secretaria de Educación de Boyacá sobre este importante tema.
Tunja, 24 de mayo de 2022. (UACP). El Ministerio de Educación Nacional otorgó para el Departamento de Boyacá un total de 2095 cupos para que jóvenes, adultos y mayores se beneficien del Modelo Educativo Flexible en el año 2022.
De acuerdo con lo anterior, la secretaria de Educación de Boyacá, Isabel Alfonso Cómbita, expidió la Circular 051 del 20 de mayo en la que impartió una serie de orientaciones para la matrícula y prestación de este servicio a directores de núcleos educativos de las Unidades Educativas Provinciales (UEP), rectores y coordinadores de las instituciones educativas de los municipios no Certificados del departamento de Boyacá.
En la Circular se indica, que conforme a los lineamientos establecidos por el Decreto 3011 de 1997, Decreto 1075 de 2015 y el Ministerio de Educación Nacional; La Secretaría de Educación a través de la Subdirección de Educación de Adultos para la vigencia 2022, informar:
1. Que atendiendo al modelo educativo flexible ESCUELA INTEGRAL se da apertura del proceso de matrícula de 2095 cupos asignados por el MEN.
2. Para el registro de estudiantes en la plataforma SIMAT será a partir de la fecha de la presente circular hasta el día 10 de junio del presente año, para la prestación del servicio educativo para Jóvenes, Adultos y Mayores que se encuentran en extra-edad escolar de zonas urbanas, rurales y rurales dispersas del Departamento de Boyacá.
3. El inicio de las clases será impartido por el programa de matrícula contratada MEF – ESCUELA INTEGRAL, a partir del día 13 de junio hasta cierre del calendario Escolar educación regular 2022, una vez los participantes se encuentren debidamente registrados en el SIMAT por la Institución Educativa, de acuerdo con las orientaciones emitidas por la Secretaría de Educación y el Ministerio de Educación Nacional.
4. Atendiendo los requisitos del sistema para la Educación de jóvenes, adultos y mayores, la cantidad mínima de participantes por grupo será de 32 estudiantes, aclarando que se puede trabajar la modalidad de multiciclo, con el ánimo de completar el número de estudiantes requerido. Es necesario tener en cuenta que los grupos con matrícula inferior al mínimo solicitado, serán analizados con el fin de definir su autorización.
5. Para definir el número de grupos por cada ciclo lectivo del Modelo ESCUELA INTEGRAL se tendrá en cuenta los siguientes parámetros:
| NÚMERO DE ESTUDIANTES | GRUPO | ESTUDIANTES AUTORIZADOS |
| De 30 a 35 estudiantes | 1 grupo | 32 |
| De 36 a 64 estudiantes | 2 grupos | 64 |
| De 65 a 97 estudiantes | 3 grupos | 96 |
| De 98 a 129 estudiantes | 4 grupos | 129 |
6. Es necesario que cuando se presente deserción, retiro o traslado, las instituciones educativas realicen el ajuste de la novedad en el SIMAT.
7. El desarrollo de las actividades académicas se hará mediante la modalidad presencial teniendo en cuenta la flexibilidad del programa.
a. Que de conformidad con el Decreto 1075 de 2015, sección 4, determina:
“Artículo 2.3.3.5.3.4.2: Destinatarios de la Educación Básica formal para adultos. Podrán ingresar a Educación Básica formal de adultos ofrecida en ciclos lectivos especiales integrados: Las personas con edades de trece (13) años o más, que no han ingresado a ningún grado del ciclo de educación básica primaria o hayan cursado como máximo los tres primeros grados”.
“Las personas con edades de 15 años o más, que hayan finalizado el ciclo de educación básica primaria y demuestren que han estado por fuera del servicio público educativo formal, dos o más”.
Artículo 2.3.3.5.3.5.1: De la Educación Media de Adultos.
“La educación media académico se ofrecerá en 2 ciclos lectivos especiales integrados, a las personas que hayan obtenido el certificado de estudios del bachillerato básico y a las personas de 18 años o más que acrediten haber culminado el noveno grado de educación básica”.
8. Las instituciones educativas priorizadas para la prestación del servicio educativo con el Modelo ESCUELA INTEGRAL para la presente vigencia son:
| No | MUNICIPIO | INSTITUCIÓN EDUCATIVA |
| 1 | GUACAMAYAS | I.E. TÉCNICA SAN DIEGO DE ALCALÁ – SEDE PRINCIPAL |
| 2 | CHITARAQUE | I.E. SAN PEDRO CLAVER – SEDE PRINCIPAL |
| 3 | PAZ DE RÍO | I.E. TÉCNICA INDUSTRIAL Y MINERA – SEDE PRINCIPAL |
| 4 | SÁCHICA | I.E. NUEVA GENERACIÓN – SEDE PRINCIPAL |
| 5 | SOATÁ | I.E. JUAN JOSÉ RONDÓN – SEDE PRINCIPAL |
| 6 | RÁQUIRA | I.E. SAN ANTONIO – SEDE PRINCIPAL |
| 7 | TOGÜÍ | I.E. HAYDEE CAMACHO SAAVEDRA – SEDE PRINCIPAL |
| 8 | MONIQUIRÁ | I.E. TÉCNICA LA LAJA – SEDE PRINCIPAL |
| 9 | SANTA ROSA DE VITERBO | I.E. TÉCNICA EL PORTACHUELO – SEDE PRINCIPAL |
| 10 | SOTAQUIRÁ | I.E. TÉCNICA PABLO VI – SEDE PRINCIPAL |
| 11 | CERINZA | I.E. DE CERINZA – SEDE PRINCIPAL |
| 12 | GÜICÁN DE LA SIERRA | I.E. NORMAL SUPERIOR NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO – SEDE PRINCIPAL |
| 13 | GARAGOA | I.E. TÉCNICO INDUSTRIAL MARCO AURELIO BERNAL – SEDE PRINCIPAL |
| 14 | EL ESPINO | I.E. CASCAJAL – SEDE PRINCIPAL |
| 15 | VILLA DE LEYVA | I.E. LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO – SEDE PRINCIPAL |
| 16 | MONGUÍ | I.E. TÉCNICA JOSE ACEVEDO Y GÓMEZ – SEDE PRINCIPAL |
| 17 | JENESANO | I.E. TÉCNICO COMERCIAL – 20 DE JULIO |
| 18 | TOCA | I.E. TÉCNICA RAFAEL URIBE – SEDE RAFAEL URIBE URIBE |
| 19 | COMBITA | I.E. SAN FRANCISCO |
| 20 | TUTA | I.E. EL CRUCE |
9. En cuanto a la población vulnerable y víctima del conflicto armado interno, se recuerda que ésta no tiene restricción para los procesos de matrícula en SIMAT y se debe garantizar el acceso al servicio educativo, de acuerdo con la normatividad vigente, para lo cual es indispensable consultar y tener en cuenta lo establecido en los “Lineamientos generales para la atención educativa a población vulnerable y víctima del conflicto armado interno”. (Fin-Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).
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Gobernación de Boyacá.
