Circular 048 del 10 de mayo de 2024 – Requisitos para la reapertura de una sede educativa

Para: Directores de núcleo educativo, rectores, coordinadores y docentes de instituciones educativa oficiales de los 120 municipios no certificados del departamento de Boyacá.

De:         secretaría de Educación de Boyacá

Asunto: Requisitos para la reapertura de una sede educativa

Ante las dificultades presentadas por solicitudes de reapertura de sedes de instituciones educativas que funcionan en los municipios no certificados de la entidad territorial certificada de Boyacá, la Secretaría de Educación Departamental, a través de la subdirección de Cobertura Educativa y Ruralidad, se permite dar a conocer a la comunidad educativa los requisitos a cumplir para garantizar la reapertura de una sede educativa que se encontraba inactiva por carencia de matrícula o por que  la planta física  presento  alto riesgo en su momento.

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