Circular 110 del 05 de noviembre del 2016 – USO PEDAGÓGICO DE LOS ELEMENTOS TECNOLÓGICOS DISPONIBLES EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARA EL APROVECHAMIENTO PEDAGÓGICO DE ESTUDIANTES Y DOCENTES

La Secretaría de Educación de Boyacá y la Secretaría de TIC y Gobierno Abierto de la Gobernación de Boyacá se dirigen conjuntamente a las Instituciones Educativas del departamento con el propósito de solicitar la implementación de un protocolo efectivo para el uso pedagógico de los elementos tecnológicos disponibles en cada institución, en beneficio de los procesos de enseñanza y aprendizaje de estudiantes.

Dicho protocolo debe contar con un formato de registro, horarios de disponibilidad o la designación de un responsable del espacio o del equipo y debe estar orientado a facilitar y promover el uso pedagógico de los recursos y no a restringirlo o desincentivarlo.  Esto, con el fin de garantizar la disposición de todo elemento tecnológico que se encuentre en su dotación, con independencia de la entidad que lo haya entregado, bien sea Computadores para Educar, la Gobernación de Boyacá, Secretaría de TIC y Gobierno Abierto, la Secretaría de Educación de Boyacá, el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), institución educativa, privados o de gestión.

La presente disposición es de carácter general y aplica a la totalidad de las Instituciones Educativas del departamento, con independencia de la cantidad o la naturaleza de los elementos tecnológicos con que cada una cuente, en consideración a que la dotación recibida varía según los programas en los que haya participado y los proyectos de los que haya sido beneficiado.

Circular.

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