Circular No. 017 del 17 de febrero de 2017 – Cronograma de procesos de la plataforma SIGCE

Tunja, 17 de febrero de 2017

Para: Rectores e integrantes equipos de gestión de las Instituciones Educativas de los municipios no certificados del departamento.

Asunto: Cronograma de procesos de la plataforma SIGCE.

Durante el año 2015 la Secretaría de Educación de Boyacá brindó orientaciones para adelantar el proceso de Re-significación de los PEI de las Instituciones Educativas en el marco del PROYECTO EDUCATIVO TERRITORIAL (PET), por lo anterior se hace necesario reajustar la información de los procesos: Proyecto Educativo Institucional (PEI), Autoevaluación Institucional (Guía 34) y Plan de Mejoramiento Institucional (PMI) de conformidad con indicaciones que se dan en la presente:

PROCESO RESPONSABLE(S) FECHAS DE

ELABORACIÓN

Y/O LÍMITE DE

ENTREGA*

DESTINATARIO
Re-significación PEI Toda la comunidad

Educativa

Enero 13/2017*.

 

Equipo de Gestión

Institución Educativa

Ajustes del PEI en construcción

 

Rector

 

Enero 16 a Marzo 31 de 2017* Plataforma SIGCE.

 

Actualización Guía

34 con base en la Autoevaluación año 2016

Rector y Comunidad Educativa.

 

Enero 16 a Febrero 28/ 2017*

 

Equipo de Gestión

Institución Educativa.

Envío Guía 34 sistematizada año 2016 (vía correo electrónico) Rector y Comunidad Educativa.

 

Febrero 28/ 2017* Equipo de Gestión

Institución Educativa.

Revisión y

retroalimentación

Guía 34

SEB

 

Marzo 01 a 31/ 2017

 

SEB: Subprocesos

Autoevaluación y PMI.

Cargue de

información

registrada en la Guía

34 a la plataforma

SIGCE

Rector

 

Marzo 31/ 2017*

 

SIGCE

 

Habilitación PEI Rector Marzo 31/ 2017* SIGCE
Habilitación PMI Rector Marzo 31/ 2017* SIGCE

* Fecha límite, lo cual indica que puede y debe hacerse antes. En el caso de la plataforma, se denomina entrega al proceso de subir o colgar la información en Plataforma SIGCE.

Todas las instituciones educativas del departamento, sin excepción, se acogerán a esta organización con el fin de sincronizar todos los procesos de asistencia técnica, apoyo al mejoramiento y los inherentes a la plataforma SIGCE.

De acuerdo con la Resolución No 15683 de Agosto 01 de 2016, es función esencial del Rector en el Área de Gestión Directiva en la competencia de planeación y organización liderar la formulación y el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, así como velar por la calidad y el mejoramiento continuo de los procesos pedagógicos socio comunitarios de la institución educativa a su cargo, ante todo le compete dirigir la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo Institucional (PEI), del Plan Operativo Anual (POA), del Plan de Mejoramiento Institucional (PMI), y del Sistema Institucional de Evaluación (S I E).  

Por otra parte, el Decreto 1075 del 26 de Mayo de 2015 en su Artículo 2.3.3.1.4.3. señala que las instituciones educativas oficiales y privadas deben registrar en las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas, los avances logrados en la construcción participativa del proyecto educativo institucional. Una vez registrados, las instituciones presentarán informes periódicos sobre los ajustes y avances obtenidos, según fechas establecidas por la secretaría de educación departamental. Las Instituciones educativas que no procedieren así, serán acreedoras a las sanciones establecidas en las normas vigentes.

Después de consolidar el registro de los avances del proyecto educativo institucional, la Secretaría de Educación de Boyacá realizará el análisis de éstos con el fin de establecer las bases para el desarrollo de las políticas educativas y los programas de apoyo, asesoría, asistencia técnica y seguimiento que se requieran.

La guía 34 sistematizada será de cumplimiento obligatorio a efecto de resolver las dificultades de conectividad en el proceso de construcción de la información (participativa y consensuada) en la Institución Educativa y cargue de la información en la plataforma SIGCE.

El reporte de este instrumento a la SEB sólo se hará a través de los correos electrónicos a los Directores de Núcleo Educativo: Santos Miguel Cipagauta Hernández (mcipagauta@sedboyaca.gov.co), y Alonso Rodríguez Avendaño (arodriguez@sedboyaca.gov.co) en el tiempo señalado.

La responsabilidad de la calidad de la información construida en la guía 34 sistematizada y cargada en plataforma, será compartida entre el equipo de gestión del establecimiento educativo y el Rector, con la correspondiente asistencia técnica del respectivo grupo de Supervisores y/o Directores de Núcleo Educativo que la Secretaria de Educación designe para cada Municipio. 

Con relación al PEI y PMI, se consideraran las siguientes situaciones: 

2016 2017 2018
Año 1 Año 2 Año 3

Por efectos del proceso de Re-significación del PEI, la plataforma SIGCE estará abierta desde el 01 de febrero y hasta el 31 de marzo del presente año. 

El PEI se habilitará en plataforma SIGCE cada tres (03) años y este ejercicio solo deberá hacerse si hay cambios de fondo en la prestación del servicio en la institución educativo. También podrán efectuarse cambios con la autorización de la Secretaría de Educación de ser necesario para situaciones o modificaciones sustanciales de la Institución Educativa y/o regulaciones del MEN. Los PMI se habilitarán cada tres (03) años y solo se harán ajustes anuales, si se requieren, de acuerdo con los resultados de las autoevaluaciones institucionales.

Durante el año 2017 se adelantará por parte de las I.E. ajustes al PMI como consecuencia de lo resultante de la Autoevaluación Institucional del año 2016. El plan de mejoramiento que se desprende del proyecto “Integración de componentes curriculares” indicado en la circular 07 del 25 de enero de 2017 corresponde a una parte del PMI en la gestión académica (áreas de leguaje y matemáticas). El rector con el consejo directivo elaborará y adoptará el PMI y el Plan Operativo Anual (POA), este último es quien le da operacionalización al PMI. Recuerden que los planes de Área y de Aula deben actualizarse de acuerdo con la Resolución No 15683 de Agosto 01 de 2016, en donde además explica quienes son los docentes de área y de aula. Todas las acciones de planeación tienen como fuente el PEI y que junto con la Autoevaluación Institucional indican como debe ser el PMI, el POA, el Plan de Área y el plan de Aula, yendo de lo general a lo particular. Así mismo, lo que se debe llevar al SIGCE es el PEI y el PMI aprobados por la Institución Educativa.

Para asesorías en operatividad de la plataforma SIGCE dirigirse al ingeniero Marco Tulio Piñeros Chivata (mpineros@sedboyaca.gov.co) y para asesoría técnica en procesos de construcción de la información a registrar, consultar los respectivos Directores de Núcleo Educativo asignados: Luis Enrique Cely Medina (lcely@sedboyaca.gov.co) y José Gustavo Arias Galindo. (garias@sedboyaca.gov.co).

Descargar Circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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