Comunicado – Oferta a través de encargo de vacantes temporales en el cargo de Rector y Coordinador

Tunja, 11 de julio de 2017

Para: Docentes y Directivos Docentes-Coordinador que pertenecen a la planta de personal de la Secretaría de Educación de Boyacá, nombrados en propiedad, e inscritos en carrera docente.

Asunto: Oferta a través de encargo de vacantes temporales en el cargo de Rector y Coordinador.

Ante la existencia de necesidades educativas en el cargo de RECTOR y COORDINADOR y mientras se dan las situaciones legales que permitan su cubrimiento con Directivos Docentes de Concurso de Méritos o en Propiedad en virtud de los estipulado en el Decreto No. 1278 de 2002, Decreto 1075 de 2015, Decreto No. 490 de 2016, Resoluciones No 9317 de 2016 y No. 15683 del 1 de agosto de 2016, se efectúa una Convocatoria Pública dirigida a los Docentes y Directivos Docentes, interesados en ocuparlas de manera transitoria mientras se dan las situaciones inicialmente mencionadas.

El procedimiento específico de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nacional No. 490 de 2016, implica, de manera inicial, que para los cargos de RECTOR y COORDINADOR se puedan postular quienes ocupan actualmente cargos inmediatamente inferiores, de Coordinador y Docente respectivamente, con derechos de carrera (artículo 2.4.6.3.13).

Para el cumplimiento de los requisitos y competencias mencionado en esta misma norma, al igual que las aptitudes y habilidades, serán referentes las Resoluciones No 9317 de 2016 y No. 15683 del 1 de agosto de 2016, entre otras, percibiendo de manera inicial que la experiencia docente, la experiencia directiva docente (Coordinador o rector) y la formación alcanzada, pueden hacer evidentes dichas condiciones.

Se solicita a todos los participantes, tener como referentes legales de la presente Convocatoria las disposiciones ya mencionadas, Decreto 1278 de 2002, Decreto No. 1075 de 2015, Decreto No. 490 de 2016 y Resolución No. 9317 de 2016, entre otras, las cuales solicitamos revisar detenidamente.

1. INSCRIPCIONES

Solamente podrán optar e inscribirse a una (1) necesidad educativa, la inscripción a más de una (1) conllevará a la anulación del proceso.

La inscripción se efectuará a través de la oficina del Sistema de Atención al Ciudadano (SAC) de la Secretaría de Educación de Boyacá, a través de ventanilla o sistema virtual (24 horas), la solicitud respectiva deberá contener de manera obligatoria, la siguiente información:

  • Cargo e Institución Educativa solicitada.
  • Años, meses y días, de experiencia en cargos Directivos Docentes– Coordinador o rector.
  • Años, meses y días de experiencia como docente.
  • Títulos de Pregrado, postgrado (Especialización, Maestría, Doctorado), generados en procesos de formación concluidos.

La información será verificada utilizando las Historias Laborales y el Sistema de Información Humano 5, en el caso de los ganadores, situación que garantizará el cumplimiento estricto de los criterios de valoración.

Las inscripciones se realizarán durante cinco (5) días calendario, contados a partir de la publicación del presente comunicado, utilizando el sistema SAC de la entidad, a través de ventanilla o forma virtual.

2. VALORACIÓN Y DEFINICIÓN DEL GANADOR

En aras de hacer posible lo dispuesto en el Decreto No. 490 de 2016, en lo relacionado con competencias, aptitudes y habilidades, a partir de anterior experiencia, se ha definido los criterios que a continuación se relacionan, los cuales podrán determinar el ganador en cada caso.

Para el cargo de COORDINADOR, serán los siguientes referentes, con la intención de presentar mayor claridad y valorar criterios que conduzcan de manera ecuánime a ubicar los de mayor mérito en cada caso:

  • Experiencia en cargo como Docente (Cargo base), valor 40%, referente máximo para la valoración 30 años.
  • Experiencia en el cargo como Coordinador o Rector, valor 30%, referente máximo para la valoración 20 años.
  • Formación, Valor 30%; cada título de “Especialización” tendrá un valor de 4 puntos (se valora máximo dos títulos); cada título de “Maestría” tendrá un valor de 6 puntos (se valora máximo dos títulos); título de Doctorado tendrá un valor de 10 puntos.

Para el cargo de RECTOR, serán los siguientes referentes, igualmente, con la intención de presentar mayor claridad y de valorar criterios que conduzcan de manera ecuánime a ubicar los de mayor mérito en cada caso:

  • Experiencia en cargo como Coordinador (Cargo base), valor 40%, referente máximo para la valoración 30 años.
  • Experiencia en el cargo como Rector, valor 30%, referente máximo para la valoración 20 años.
  • Formación, Valor 30%; cada título de “Especialización” tendrá un valor de 4 puntos (se valora máximo dos títulos); cada título de “Maestría” tendrá un valor de 6 puntos (se valora máximo dos títulos); título de Doctorado tendrá un valor de 10 puntos.

3. SOBRE LA OFERTA DE NECESIDADES EDUCATIVAS EN EL CARGO DE DIRECTIVO DOCENTE COORDINADOR

-De acuerdo a la organización del sector en el departamento y a la normatividad vigente relacionada con la asignación de estos cargos, en el presente momento se presentan vacantes temporales, en el cargo de COORDINADOR, en las siguientes Instituciones Educativas:

No. Cargo Institución Educativa Municipio
1 COORDINADOR PEDRO JOSÉ SARMIENTO SOCHA
2 COORDINADOR SAN PEDRO CLAVER PUERTO BOYACÁ
3 COORDINADOR ANTONIA SANTOS PUERTO BOYACÁ
4 COORDINADOR ARMANDO SOLANO PAIPA
5 COORDINADOR SAN PEDRO DE IGUAQUE CHIQUIZA

Las necesidades existentes en el cargo de Coordinador en la Institución Educativa San Pedro de Iguaque corresponde a una Licencia por Maternidad; Institución Educativa Antonia Santos corresponde a una prórroga para posesión

-Igualmente, en el presente momento se presentan vacantes temporales, en el cargo de RECTOR, en las siguientes Instituciones Educativas:

No. Cargo Institución Educativa Municipio
 1 RECTOR SOCHAQUIRA ABAJO GUAYATÁ
 2 RECTOR JORGE ELIECER GAITÁN TOTA
 3 RECTOR SANTA CRUZ MOTAVITA

Las necesidades existentes en el cargo de Rector en la Institución Educativa Santa Cruz de Motavita corresponden a una licencia por motivos particulares;  Institución Educativa Jorge Eliecer Gaitán, incapacidad por enfermedad.

En todos los casos las efectivas necesidades educativas en los cargos de Coordinador, requeridas en la presente para “Encargo”, estarán supeditadas por situaciones legales, entre otras, contenidas en el Decreto 1075 de 2015, a su efectiva existencia.

4. SOBRE LOS RESULTADOS

De acuerdo a los criterios establecidos para la valoración de las solicitudes, se efectuará el respectivo análisis, el cual conducirá a determinar a los ganadores.

Inmediatamente efectuada la publicación de resultados, los participantes podrán realizar los reclamos que consideren pertinentes, en el marco de la presente convocatoria, en los tres (3) días calendario siguientes, a través de la oficina SAC de esta entidad  (Ventanilla o virtual durante las 24 horas del día).

Una vez vencidos estos términos, se procederá formalizar mediante Acto Administrativo, los respectivos encargos de los seleccionados.

Descargar Comunicado flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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