Circular No. 018 del 08 de Febrero de 2018 – Evaluación Anual de Desempeño Laboral

Fecha: 8 de Febrero de 2018

Para: Director Administrativo, Líderes de Procesos de la Planta Central y Rectores(as) de Instituciones Educativas de los 120 municipios no certificados del departamento de Boyacá.

Asunto:  Evaluación Anual de Desempeño Laboral del Personal Administrativo de la Planta Central de la Secretaría de Educación e Instituciones Educativas de los 120 municipios No Certificados del Departamento de Boyacá, según lo establecido por la Ley 909 de 2004.

DE:   Secretario de Educación.

Como es de conocimiento público, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC – mediante Acuerdo 565 del 25 de enero de 2016, estableció el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los Empleados Públicos de Carrera Administrativa y en Periodo de Prueba, en concordancia con ello y en ámbito de su competencia el Gobernador del Departamento, mediante Decreto 017 del 06 de enero de 2017, adoptó este  sistema Tipo de evaluación del desempeño laboral, para los empleados públicos de carrera administrativa, en período de prueba  y de libre nombramiento y remoción  diferente a Gerentes Públicos de la Administración Central del Departamento, mientras se adopta el sistema propio tipo.

Como consecuencia de la expedición del  Acuerdo 565 del 25 de enero de  2016 y el Decreto 017 del 06 de enero de 2017, la administración elevó solicitud formal a la mesa  de  ayuda del Ministerio de Educación Nacional a efectos de realizar mejora en el Sistema Institucional  Humano 5 – MEN, en el sentido de implantar el nuevo protocolo de evaluación del desempeño laboral, petición  que a la fecha se encuentra en trámite ante el MEN y en consecuencia de ello, no fue posible que el proceso de  concertación de objetivos que en el marco del acuerdo tenía como fecha límite 28 de febrero de 2017 y los procesos de seguimiento allí definidos se realizaran desde la plataforma Humano 5 – MEN, no obstante ésta imposibilidad del Sistema,  no eximía o suspendía la responsabilidad solidaria de evaluadores y evaluados en lo que correspondía a la concertación de sus objetivos laborales y comportamentales,  el seguimiento y cumplimiento de éstos, lo que implicaba en consecuencia realizarlo en los formatos preestablecidos de manera física.

A 31 de Enero de 2018, se cumplió el término definido por la norma vigente para efectos de cumplimiento del deber de señalar la calificación anual de desempeño que resulto de las evidencias contenidas en la bitácora constituida para vigencia 2017.

La evaluación de gestión por áreas o dependencias por competencia, la ley la asignó a las oficinas de Control Interno Disciplinario  de las Entidades,  para ser tenida en cuenta solamente en la evaluación definitiva anual, correspondiente al período anual u ordinario y que resulta de la verificación cumplimiento de las metas institucionales por parte de las áreas o dependencias de la entidad respectiva, evaluación en la cual la sectorial educación obtuvo una calificación del 85%.

Ante la imposibilidad de realizar el cargue de información en la plataforma del Sistema  Humano 5 del Ministerio de Educación Nacional, se requiere que los líderes de procesos de la Planta Central y los  Rectores (as) de las  Instituciones Educativas de los 120 municipios No Certificados del Departamento de Boyacá, deben radicar ante la Secretaría de Educación de Boyacá a 2 de marzo de 2018 ,  de manera física y en original, la Evaluación de Desempeño Anual en los formatos preestablecidos del nuevo protocolo de evaluación del desempeño laboral vigencia 2017, para ser revisada y verificada la información por la Oficina de Gestión de Carrera y remitirlo  a la oficina de Historias Labores de esta Entidad, a efectos de ser integrada a la historia laboral de cada uno de los interesados, teniendo en cuenta que el original es el soporte legal para determinar situaciones administrativas que se deriven de la misma.

Descargar Circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

(Visited 2.060 times, 1 visits today)