Circular No. 131 del 14 de Noviembre de 2018 – Cumplimiento resolución 2248 de 2018 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Educación Nacional
Tunja, 14 de noviembre de 2018
Para: Alcaldes municipales, Secretarios de Hacienda y/o Tesoreros de los municipios del departamento de Boyacá.
Asunto: Cumplimiento resolución 2248 de 2018 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Educación Nacional.
La Gobernación de Boyacá se encuentra adelantando los trámites correspondientes para la suscripción de los Convenios Interadministrativos, que darán cobertura al programa de Alimentación Escolar para la vigencia 2019 con los diferentes entes territoriales; por tal razón se solicita a los Municipios, que para la legalización de estos convenios, deben allegar la certificación Bancaria de la cuenta maestra que previamente tienen aperturada para el manejo de estos recursos, de acuerdo con lo establecido en la resolución 2248 del 30 de julio de 2018, “por la cual se reglamentan las cuentas maestras del programa de alimentación escolar” expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Educación Nacional, especialmente en el artículo 3 que prevé: “(…) Los distritos y los municipios administrarán todos los recursos destinados para el financiamiento del programa de alimentación escolar a través de la cuenta maestra de la asignación especial para la alimentación escolar ya aperturada en los términos de la resolución 4835 de 2015”.
Es importante resaltar que dichas cuentas deben cumplir con las condiciones de apertura, registro y operación de cuentas maestras de las entidades territoriales establecidas por la normatividad vigente; sea oportuno recordar que dichas cuentas deben ser de aquellas que generen rendimientos financieros.