Circular No. 131 del 14 de Noviembre de 2018 – Cumplimiento resolución 2248 de 2018 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Educación Nacional

Tunja, 14 de noviembre de 2018

Para: Alcaldes municipales, Secretarios de Hacienda y/o Tesoreros de los municipios del departamento de Boyacá.

Asunto: Cumplimiento resolución 2248 de 2018 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Educación Nacional.

La Gobernación de Boyacá se encuentra adelantando los trámites correspondientes para la suscripción de los Convenios Interadministrativos, que darán cobertura al programa de Alimentación  Escolar para la vigencia 2019 con los diferentes entes territoriales; por tal razón se solicita a los Municipios, que para la legalización de  estos convenios, deben allegar la certificación Bancaria de la cuenta maestra que previamente tienen aperturada para el manejo de estos recursos, de acuerdo con lo establecido en la resolución 2248 del 30 de julio de 2018“por la cual se reglamentan las cuentas maestras del programa de alimentación escolar” expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Educación Nacional, especialmente en el  artículo 3  que prevé: “(…) Los distritos y los municipios  administrarán todos los recursos destinados para el financiamiento  del programa de alimentación escolar a través de la cuenta maestra  de la asignación especial para la alimentación escolar  ya aperturada en los términos de la resolución  4835 de 2015”.

Es importante resaltar que dichas cuentas deben cumplir con las condiciones de apertura, registro y operación de cuentas maestras  de las entidades territoriales  establecidas por la normatividad vigente; sea oportuno recordar que dichas cuentas deben ser de aquellas que generen rendimientos financieros.

Descargar Circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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