Sedboyacá implementa la Postprimaria como estrategia de Gestión de la Cobertura Educativa

Foto: Rodolfo González-UACP

Mediante Resolución de la entidad departamental se hizo el anuncio.

Tunja, 5 de septiembre de 2019. (UACP). “Implementar la Postprimaria en el departamento conduce a establecer una estrategia que garantice la permanencia en el sistema educativo y el goce efectivo del Derecho a la Educación, la adopción de modalidad de atención a este tipo de población rural con un solo grupo integrado de Sexto a Noveno Grado atendido por un único docente”.

Así lo explica la secretaria de Educación de Boyacá, Marlén Rátiva Velandia, en la Resolución 006252 del 3 septiembre de 2019 con la cual se Implementó, en el Departamento de Boyacá, la Postprimaria como estrategia de Gestión de la Cobertura Educativa.

De acuerdo con el Ministerio de Educación Nacional, la Modalidad de Postprimaria se define como un modelo pedagógico que permite que los niños, niñas y jóvenes del sector rural puedan acceder al ciclo de educación básica secundaria con programas pertinentes a su contexto. Es un Modelo escolarizado de educación formal, que desarrolla las áreas obligatorias del currículo, proyectos pedagógicos y proyectos pedagógicos productivos, con un docente por grupo como facilitador del proceso de aprendizaje.

Se agiliza la prestación del servicio

En el articulado del acto administrativo precitado, se especifica que la Administración Departamental venía atendiendo este tipo de situaciones con docentes que acreditaban formación académica en una de las áreas consideradas fundamentales en el proceso enseñanza-aprendizaje, acudiendo para ello a listas de elegibles constituidas en el proceso meritorio adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC- o en su defecto, por el aplicativo Banco de la Excelencia en el marco del Decreto 490 de 2016 que hace parte integral del Decreto 1075 de 2015, lo que generó identificación de deficiencia para atender todas las áreas por los seleccionados y tratándose de educadores integrantes de listas de elegibles inconveniencia para su proceso de evaluación en periodo de prueba o anual de desempeño según correspondiera.

Por lo anterior, se implementó la modalidad de Postprimaria como estrategia que garantice la permanencia en el sistema educativo, el goce efectivo del Derecho a la Educación, la promoción y la retención de niños, niñas y jóvenes en el sistema educativo y mejora de la pertinencia de la educación para las comunidades rurales y sus poblaciones escolares con el fin de elevar la calidad de vida de la población rural.

Además, se resolvió que las instituciones educativas con sus respectivas sedes en las que por la relación alumno-docente y su condición de ruralidad requiera la activación de la modalidad de Postprimaria, deberán estar debidamente identificadas por la Subdirección de Cobertura al inicio del calendario académico del respectivo año y serán provista con profesionales universitarios licenciados que acrediten el título de licenciados en Educación Básica con Énfasis en Matemáticas, Humanidades y Lengua Castellana a quienes se les vinculará en provisionalidad para la respectiva vigencia.

Finalmente se explica, que las situaciones de necesidad educativa para ser atendidas con esta modalidad, que se encuentren identificadas en la presente vigencias, serán provistas con nombramiento provisional condicionado a la culminación del año académico 2019. Descargar Resolución aquí (Fin/Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo

Gobernación de Boyacá.

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