Este 20 de enero inicia el calendario escolar 2020 en las instituciones educativas públicas de Boyacá

Con la presentación de docentes y directivos docentes comenzarán las labores escolares.

Tunja, 8 de enero de 2020. (UACP). De acuerdo con la Resolución 007911 del 26 de septiembre se fijó el Calendario Académico A correspondiente al año lectivo 2020 de la siguiente manera: 

ARTÍCULO 1°Calendario Escolar. Fijar para el Departamento de Boyacá el Calendario Académico “A” correspondiente al año lectivo 2020, de conformidad con el Decreto 1075 de 2015, el cual será adoptado por las Instituciones Educativas que ofrecen Educación Formal en los niveles de Preescolar, Básica (Ciclos de Primaria y Secundaria) Media y Ciclo Complementario.

ARTÍCULO 2°Organización de actividades y distribución de tiempo. Académico “A” correspondiente al año 2020, destinado a la ejecución del Proyecto Educativo Institucional PEI de los Establecimientos Educativos Oficiales, que ofrecen Educación formal en los municipios no certificados del departamento de Boyacá, estará enmarcado en las siguientes fechas: 

Presentación de Docentes y directivos Docentes e iniciación de labores escolares: 20 de enero de 2020. Actividades de Desarrollo Institucional, una (1) semana (Actividades de planeación y organización institucional); Del 20 al 26 de enero de 2020. Receso Estudiantil, una (1) semana: Del 20 al 26 de enero de 2020. Primer Período Semestral Académico – veinte (20) semanas; Del 27 de enero al 21 de junio de 2020. Receso Estudiantil, Semana Santa: 06 de abril al 12 de abril de 2020. Actividades de Desarrollo Institucional – Semana Santa: 6 al 12 de abril de 2020. Receso Estudiantil, tres (3) semanas: Del 22 de junio al 12 de julio de 2020. Vacaciones para docentes y Directivos Docentes dos (2) semanas: Del 22 de junio al 05 de julio de 2020.

  • Actividades de Desarrollo Institucional. Una (1) semana realización de actividades de actualización académica y formación de docentes; del 6 al 12 de julio de 2020.
  • Segundo Periodo Semestral Académico – 20 semanas: Del 13 de julio al 6 de diciembre de 2020.
  • Receso Estudiantil, 1 semana: Del 5 al 11 de octubre de 2020.
  • Actividades de Desarrollo Institucional (Actividades de análisis de la situación académica institucional, seguimiento del rendimiento escolar, formulación y aplicación de estrategias de mejoramiento, cualificación de docentes y/o directivos docentes convocados por la Secretaría de Educación, desarrollo de proyectos y programas previstos en el Plan de Acción Educativo del Departamento. Congresos, seminarios y eventos organizados por las Asociaciones de Profesionales de la Educación): Del 5 al 11 de octubre de 2020.
  • Receso Estudiantil, 7 semanas: A partir del 7 de diciembre de 2020.
  • Actividades de Desarrollo Institucional, 1 semana (Autoevaluación Institucional y formulación de los Planes de Mejoramiento Institucionales): Del 7 al 13 de diciembre de 2020.
  • Vacaciones para Docentes y Directivos Docentes, 5 semanas: A partir del 14 de diciembre de 2020.

PARÁGRAFO 1. Las Instituciones Educativas contemplarán y desarrollarán, el DÍA DE LA EXCELENCIA (DÍA E) dentro de su calendario, según programación que determine el Ministerio de Educación Nacional.

PARÁGRAFO 2. Con el fin de fortalecer la identidad regional, los Establecimientos Educativos realizarán una ceremonia cívica, académica y cultural el día 2 de octubre de 2020, para celebrar el “Día de la Boyacensidad” y conmemorarán la creación del Departamento de Boyacá.

PARÁGRAFO 3. Se conmemorará el Día del Directivo Docente el 5 de octubre, acorde al parágrafo del Artículo 2.3.8.1.3 del Decreto 1075 de 2015, que establece que: “Los actos conmemorativos del día del directivo docente se realizarán en la fecha indicada y no generarán la desescolarización de los estudiantes. En todo caso, se garantizará la prestación del servicio educativo».

ARTÍCULO 3. Adopción del Calendario Institucional. Antes del 24 de enero de 2020, el Rector adoptará mediante resolución, el calendario institucional del año lectivo 2020, y lo difundirá entre la comunidad educativa.

ARTÍCULO 4°. Informes Periódicos. El Rector presentará informes bimestrales sobre el desarrollo y cumplimiento del Calendario Institucional al Consejo Directivo y a la Asamblea de Padres de Familia y remitirá copia de dichos informes a la Subdirección de Calidad Educativa de la Secretaría de Educación de Boyacá.

ARTÍCULO 5°. Plan Operativo Anual. Una vez conocido, adoptado y socializado el Calendario Académico 2020, el Rector junto con el Consejo Directivo, elaborará y adoptará, con base en el Plan de Mejoramiento Institucional el Plan Operativo Anual de la Institución Educativa y remitirá copia a la Subdirección de Calidad Educativa de la Secretaría de Educación de Boyacá, a más tardar el 21 de febrero de 2020.

ARTÍCULO 6. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. (Fin-Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo

Gobernación de Boyacá.

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