Secretaría de Educación dio a conocer orientaciones para el funcionamiento del PAE 2020

Foto: Rodolfo González – UACP

Conozca 14 disposiciones enviadas a las instituciones educativas oficiales del departamento de Boyacá., en materia de alimentación.

Tunja, 9 de marzo de 2020. (UACP). Con el objeto es suministrar un complemento alimentario  que contribuya al acceso y  permanencia  escolar  de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, registrados en el SIMAT, fomentando hábitos alimentarios saludables, la Secretaría de Educación de Boyacá dio a conocer las siguientes orientaciones para su funcionamiento.

1. Se garantizó el Programa Alimentación Escolar a partir del 27 de enero de 2020, de acuerdo con calendario académico establecido.

2. El PAE está funcionando con las nuevas minutas aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional para el Departamento de Boyacá, que deben publicarse en un lugar visible del comedor escolar, para conocimiento general y que son de estricto cumplimiento.

3. La alimentación escolar tiene carácter de gratuidad, por tal razón, quedan prohibidas las donaciones y/o cuotas de participación de los padres de familia, en esta línea, ni los rectores, coordinadores, docentes y ningún funcionario de la Institución Educativa puede recibir, recolectar o administrar dineros, con este fin.

4. Actualizar la conformación del Comité de Alimentación Escolar -CAE-  integrado por: Rector de la I.E. o su delegado, un representante de cada sede educativa (docente o coordinador), tres padres de familia (elegidos en asamblea), Personero Estudiantil, dos niños beneficiarios del programa y un manipulador de alimentos designado por las mismas. (Resolución 29452 de 2017).

El CAE debe generar un cronograma de trabajo que permita realizar el adecuado seguimiento a la operación y ejecución del PAE, suscribiendo actas que evidencien su conformación y operatividad, deben diligenciarse en los documentos anexos y enviarlos al correo electrónico pae.crea@boyaca.gov.co

5. El Rector debe adelantar el proceso de focalización de los beneficiarios del programa, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1852 de 2015 articulo 2.3.10.4.4. y el literal del numeral 4.1.1.3. establecido en la Resolución 29452 de 2017 y registrarlos en la plataforma  “Estrategias de Permanencia en SIMAT-vigencia 2020.” Circular 013 del 18 de febrero del 2020).

6. El Programa de Alimentación Escolar debe  ser utilizado por los beneficiarios en forma diaria y no ocasional.

7. Los horarios establecidos por el MEN para la entrega del complemento alimentario, son:

Complemento alimentario Jornada Escolar  Horario
Complemento Alimentario Jornada Mañana Jornada de la Mañana 7:00 a.m. a 9:00 a.m.
Complemento Alimentario Jornada Tarde Jornada Tarde 3:00 p.m. a 4:30 p.m.
Complemento Alimentario – Almuerzo Jornada Mañana, Jornada tarde y Jornada única, zona Rural dispersa e internados. 11:30 a.m. a 1:00  p.m.

Las horas de clase no pueden ser utilizadas para el consumo de alimentos.

8. Para la vigencia 2020, el Programa de Alimentación Escolar asignó recursos para el pago de las raciones, de acuerdo con los convenios interadministrativos celebrados entre el Departamento y los municipios no certificados, distribuidos así:

.Complemento Tipo Almuerzo- Ración Preparada en Sitio:

VALORES 2020
DESCRIPCIÓN 4 A 8 AÑOS Y 11 MESES 9 A 13 AÑOS Y 11 MESES 14 A 17 AÑOS EN ADELANTE
VALOR PROMEDIO INGREDIENTES $ 1.612,00 $ 1.929,00 $ 2.301,00
Personal Manipulador de alimentos.  $ 598.00 $ 598.00 $ 598.00
Transporte carro con Termo King para garantizar cadena de frío, acorde con lo establecido en los lineamientos técnicos administrativos resolución 29452 de 2017. $ 108,00 $ 108,00 $ 86,00
Elementos de aseo para garantizar condiciones higiénicas sanitarias en las unidades aplicativas, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos administrativos. resolución 29452 de 2017 $ 44,00 $ 44,.00 $ 34,00
Mantenimiento preventivo y correctivo de equipos $ 40,00 $ 40,00 $ 40,00
Gas – Combustible $ 71,00 $ 71,00 $ 71.,00
Personal logístico (embalaje, carga y descarga de materia prima) $ 53,00 $ 53,00 $ 53,00
TOTAL $ 2.526,00 $ 2.843,00 $ 3.183,00
  • Complemento AM y/o PM
VALORES 2020
DESCRIPCIÓN 4 A 8 AÑOS Y 11 MESES 9 A 13 AÑOS Y 11 MESES 14 A 17 AÑOS EN ADELANTE
VALOR PROMEDIO INGREDIENTES $ 981,00 $ 1.089,00 $ 1.239,00
Personal manipulador de alimentos. $ 459,00 $ 459,00 $ 459,00
Transporte carro con Termo King para garantizar cadena de frio, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos administrativos resolución 29452 de 2017. $ 86,00 $ 86,00 $ 86,00
Elementos de aseo, para garantizar condiciones higiénicas sanitarias en las unidades aplicativas, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos administrativos. Resolución 29452 de 2017. $ 38,00 $ 38,00 $ 38,00
 Gas- Combustible $ 47,00 $ 47,00 $ 47,00
Manejo preventivo y correctivo de equipos $ 40,00 $ 40,00 $ 40,00
Personal logístico (embalaje, carga y descarga de materia prima) $ 101,00 $ 101,00 $ 101,00
TOTAL $ 1.752,00 $ 1.860,00 $ 2.010,00
  • Complemento Ración Industrializada
VALORES 2020
DESCRIPCIÓN 4 A 8 AÑOS Y 11 MESES 9 A 13 AÑOS Y 11 MESES 14 A 17 AÑOS EN ADELANTE
VALOR PROMEDIO INGREDIENTES $ 1.838,00 $ 1.951,00 $ 2.072,00
Personal Manipulador de alimentos. $ 8,00 $ 8,00 $ 8,00
Transporte en carro con Termo King para garantizar cadena de frio, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos administrativos resolución 29452 de 2017. $ 94,00 $ 94,00 $ 94,00
Mantenimiento preventivo y correctivo de equipos $ 10,00 $ 10,00 $ 10,00
Elementos de aseo para garantizar condiciones higiénicas sanitarias en las unidades aplicativas, acorde a lo establecido en los lineamientos técnicos administrativos. Resolución 29452 de 2017. $ 9,00 $ 10,00 $ 10,00
Personal logístico (embalaje, carga y descarga de materia prima) $ 109,00 $ 109,00 $ 109,00
TOTAL $ 2.068,00 $ 2.182.00 $ 2.303,00

9. Fomentar los “Estilos de Vida Saludable”, como el consumo de alimentos saludables, higiene de manos y ejercicio físico; además, impulsar el suministro de productos saludables en tiendas escolares, proyecto que debe incluirse en el Proyecto Educativo Institucional -PEI-.

10. Los recursos asignados para el PAE son de destinación específica para el programa de los niños, jóvenes y adolescentes beneficiarios. Es corresponsabilidad del Rector custodiar la correcta inversión de estos recursos y no permitir que personas ajenas accedan al complemento alimentario, el cambio de destino de los recursos se convierte en peculado por aplicación oficial diferente (articulo 399/ ley 599 de 2000).

11. Ante cualquier irregularidad en la ejecución del programa, el Rector deberá informar por escrito de manera inmediata al Supervisor del Municipio, Alcalde y Subdirector Departamental del PAE, quienes tomarán las medidas pertinentes y correctivas a que haya lugar.

12. El Rector debe certificar las raciones de acuerdo con el suministro de las mismas.

13. Las raciones se cancelarán de acuerdo a lo registrado en la estrategia de permanencia y como resultado de las auditorías de cupos realizadas en cada Institución Educativa, las que deben coincidir con la certificación expedida por los rectores.

14. El buen funcionamiento del programa depende del trabajo en equipo de directivos, docentes, padres de familia y autoridades municipales.

Lo anterior, de conformidad con los lineamientos técnicos y administrativos vigentes, emitidos por el Ministerio de Educación Nacional a través del Decreto 1852 de septiembre de 2015, Resolución 29452 del 29 de diciembre del 2017. (Fin-Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo

Gobernación de Boyacá.

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Anexos:

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