Conozca, una a una, las orientaciones de la Secretaría de Educación para el inicio de clases en tiempo de COVID-19

Foto: Darlin Bejarano – UACP

Porque en Boyacá comienza, este 20 de abril, el reto de estudiar en casa.

 Tunja, 19 de abril de 2020. (UACP). Luego de un trabajo exhaustivo del equipo de la Secretaría de Educación de Boyacá, el secretario de la sectorial, Jaime Raúl Salamanca, expidió las circulares 038 del 16 de abril y 039 del  17 de abril de 2020, por medio de las cuales se dan a conocer una serie de orientaciones sobre el trabajo académico en casa en el marco de la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica y otras adicionales sobre el trabajo académico en casa, que inicia este 20 de abril en las 254 instituciones educativas oficiales, de los 120 municipios no certificados del departamento.

Sobre estas directrices, el Secretario de Educación manifestó: «Quiero agradecer nuevamente, en nombre del gobernador de Boyacá, Ramiro Barragán Adame, y en el mío propio, la gran disposición y el espíritu de colaboración expresado por la inmensa mayoría de ciudadanos de la educación de nuestro Departamento en esa dura crisis que nos tocó afrontar. Estamos muy orgullosos de ustedes, de su trabajo, y los animamos a seguir adelante. ¡Lo vamos a lograr!

Como es de conocimiento de la población en general, el Gobierno Nacional, a través de la Directiva 09 del Ministerio de Educación Nacional -MEN-, ha dispuesto desde el 20 de abril hasta el 31 de mayo continuar con el calendario académico a través de estrategias pedagógicas flexibles para ser desarrolladas en casa y dando aplicación a las disposiciones adoptadas por el Gobierno Nacional y Departamental, la Secretaría de Educación de Boyacá dispuso de una serie de orientaciones, en el marco de la prevención, contención y mitigación del COVID-19, con ocasión de la implementación de las clases no presenciales:

 LINEAMIENTOS GENERALES

Además de las medidas dispuestas por las normativas tanto de nivel Nacional como Departamental, se disponen las siguientes estrategias para la implementación y puesta en marcha de las clases no presenciales:

  1. Reiterar la prohibición de la citación y/o asistencia de estudiantes a las IE de los 120 municipios no certificados del Departamento de Boyacá. Y exhortar a los padres de familia a cumplir con las medidas de aislamiento preventivo obligatorio en sus hogares, implementando las estrategias de las Secretarías de Educación y de Salud referentes al cuidado y/o autocuidado, al buen trato y las demás que se han dispuesto en torno al manejo del COVID-19 en entornos familiares y educativos.
  • Reiterar la directriz en el sentido de permitir que el personal directivo, administrativo, docentes, docentes orientadores, tutores, personal de educación inclusiva, continúen desarrollando sus actividades de manera no presencial. Sólo se permitirá la asistencia de las excepciones previstas en el artículo 3, numerales 27 y 35 del Decreto 531 de 2020.
  • Limitar al máximo la participación del personal administrativo, docente y/o directivo docente o administrativo en las IE; en caso de ser inevitable, los directivos de las IE dispondrán una programación previa de actividades que permita adelantar las labores estrictamente necesarias en un tiempo mínimo, evitando aglomeraciones, prohibiendo reuniones de más de dos (2) personas, manteniendo la distancia de seguridad (2mts), garantizando el uso obligatorio de tapabocas y no permitiendo el contacto por más de 15 minutos entre sí.
  • Recordar al personal educativo que salir a la calle sin la protección adecuada, tener contacto físico con otras personas y no respetar una distancia prudente en espacios públicos, los pone en riesgo y nos pone en riesgo a todos. Por tanto, es necesario emplear preferiblemente medios tecnológicos y demás disponibles en aras de no afectar el desarrollo de las actividades.
  • Apoyarse en las autoridades municipales para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales y la prestación del servicio educativo en casa. Se sugiere coordinar las acciones a través de las Juntas Municipales de Educación, al tenor de los artículos 161 y 162 de la Ley 115/94.
  • Cada IE deberá disponer una línea celular de atención al ciudadano y apoyarse en el SAC (Sistema de Atención al Ciudadano) para garantizar acceso a los servicios de la Secretaría de Educación vía http://sedboyaca.gov.co/ y de cada IE.
  • Hacer uso de la línea de atención que el MEN ha dispuesto para atender las inquietudes y orientar a la comunidad educativa en la adopción de las medidas respecto al COVID-19, la línea es la 018000 910 1122. Así mismo, de la línea de atención que ha dispuesto la Gobernación de Boyacá frente al manejo de la pandemia COVID-19: 311 483 4104.
  1. DIRECTRICES SOBRE ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS EN CASA

 Teniendo en cuenta que los estudiantes se encuentran en aislamiento obligatorio hasta el 31 de mayo, se hace necesario que las IE establezcan las estrategias pertinentes para la entrega del material pedagógico y demás aspectos referentes a las clases no presenciales. Por tal razón deberán tener en cuenta como mínimo las siguientes directrices:

  • Dando alcance a lo dispuesto por parte de la Secretaría de Educación en la Resolución 1500/20, desde el 20 de abril hasta el 31 de mayo los docentes y directivos docentes deberán desarrollar los Planes metodológicos no presenciales de estudio elaborados por cada IE en las semanas de desarrollo institucional.
  • Por su parte, el personal administrativo de las IE realizará las actividades de su resorte; en la forma en que se acuerde con el Rector de la respectiva IE, atendiendo a las directrices expedidas por el Gobierno Nacional, especialmente las dispuestas en el decreto 531 de 2020, así como a las establecidas en la presente circular.
  • Para el efecto, los (las) rectores (as) de las IE de los municipios no certificados del Departamento son los responsables de concertar y coordinar con los directivos docentes, docentes y administrativos, las actividades a realizar y el seguimiento y control al cumplimiento de las mismas y dar instrucciones precisas respecto a la vigilancia de la debida seguridad informática. Las UEP harán lo propio en el seguimiento y control de la labor de cada directivo docente de su zona.
  • A partir del lunes 20 de abril del presente año, los (las) Rectores (as) de las IE, con apoyo de sus coordinadores, (en las que no haya coordinador, apoyarse en los Orientadores Escolares) verificarán la entrega de los materiales de trabajo a los estudiantes según los PAA presentados y harán el seguimiento al desarrollo de los procesos pedagógicos y socioemocionales proyectados.
  • Para el efecto, los directivos docentes de las IE son los responsables de crear las estrategias para la entrega de acuerdo con cada contexto municipal; así mismo, deben concertar, coordinar y hacer
  • seguimiento a las actividades pedagógicas que realizarán en casa los niños, niñas, adolescentes y jóvenes; las cuales fueron diseñadas por cada uno de los docentes en los PAA durante las semanas de desarrollo institucional y las que se planearán para atender los días que dure la emergencia.
  • Esta entrega se hará a un solo padre de familia por estudiante, a través de un cronograma previamente socializado, en cada sede, siguiendo los protocolos de cuidado COVID-19 y evitando aglomeraciones. Se podrá, en caso de ser posible y garantizando los elementos de protección y bioseguridad, hacer uso de los servicios de mensajería para la entrega del material, pero el seguimiento y evaluación compete a los docentes
  • En los municipios con casos COVID confirmados o en estudio, según la página. http://covid19.boyaca.gov.co/la entrega del material se hará siguiendo las instrucciones particulares de los PMU o Comités municipales de Gestión de Riesgo.
  • Teniendo en cuenta el periodo de aislamiento preventivo en las IE hasta el 31 de mayo de 2020, deben seguirse elaborando los PAA por parte de los docentes, los cuales se trabajarán durante las siguientes semanas de estudio en casa. El (la) Rector (a) de cada IE reportará (antes del 8 de mayo) a la Secretaría de Educación por medio de las UEP, (en el mismo formato de la Circular 032) los PMNP (Plan metodológico no presencial), con el fin de contar con los PAA necesarios para garantizar las actividades en casa hasta el 31 de mayo.
  • Los (las) Rectores (as) y Coordinadores (as) de las IE revisarán los PAA presentados por los docentes, indicarán las observaciones y recomendaciones a que haya lugar y se los devolverán a los docentes para su aplicación. De igual forma los Directores de las Unidades Educativas Provinciales y el equipo de Calidad Educativa realizará la respectiva revisión y acompañamiento. Se recomienda apoyarse en los docentes orientadores y en la estrategia Escuela de Padres, disponible en la página de la Secretaría de Educación.
  • Cada IE podrá hacer uso y adaptación de los recursos pedagógicos planteados en los Anexos 1, 2 y 3 de la Directiva Ministerial No. 5 del 25 de marzo de 2020; así como de los dispuestos en la página web de la Secretaría de Educación sedboyaca.gov.co / AEstudiarEnCasaAsí mismo, podrán contar con un espacio gratuito en la emisora comunitaria de su jurisdicción; para tal efecto la Gobernación de Boyacá adelantará los convenios respectivos con las emisoras de cada municipio y cada IE educativa concertará los espacios, según disponibilidad.
  • Corresponde a los (las) Rectores (as), en el uso de sus facultades legales (Decreto 1075 de 2015), con la participación del consejo directivo y atendiendo a la normatividad que rige la contratación estatal, adelantar el proceso contractual pertinente para la adquisición o reproducción de materiales de apoyo para la educación y trabajo de aprendizaje autónomo y dirigido de los estudiantes en casa; de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva Ministerial No. 5 y su anexo 4.
  • Mientras se adelanta el giro adicional de recursos, se hará uso de los recursos disponibles en los fondos de los recursos de gratuidad de IE girados en el mes de Marzo. Se deberán hacer reuniones de Consejo Directivo vía plataformas Online que se guardarán y servirán de actas o soportes para las decisiones.
  • Se invita a los Directivos Docentes, Tutores, Docentes Orientadores y Docentes en general, a tener en cuenta en la planeación de las actividades educativas para trabajo en casa el Documento de recomendaciones del Ministerio de Salud (MSPS) para la comunidad educativa y la Circular 036 de 2020, en especial las siguientes recomendaciones:
  1. Diseñar actividades dinámicas con las cuales las niñas, niños, adolescentes y jóvenes puedan desarrolar un aprendizaje autónomo, con el apoyo de sus familiares según el contexto en el que se encuentran.
  2. Las actividades deberán responder a la realidad y contexto en que habitan los estudiantes y padres de familia, es decir, el aprendizaje podrá ser virtual, a traves de materiales digitales o en su defecto con recursos impresos.
  3. La definición de la entrega de materiales, deberá ponerse en conocimiento de la comunidad educativa (padres de familia, acudientes, estudiantes, etc.) a fin de que tengan claridad sobre los mecanismos y materiales a ulitlizar. Tal obligación estará en cabeza de cada IE quien podrá apoyarse en las alcaldías municipales y emisoras comuntarias.
  4. Las actividades deben ser dirigidas y acompañadas por el docente de manera virtual, bien sea por internet, via telefónica u otros. Y deben contener un componente socio emocional que apoye a nuestros estudiantes y sus familias en esta crisis.
  5. Incluir actividades que permitan la integración y trabajo en equipo con la familia, sin generar sobrecarga de tareas, ni situaciones de angustia por el desarrollo de las mismas.
  6. Planear actividades sencillas, creativas y realizables con materiales con los que cuentan las familias en sus hogares.
  7. En los estudiantes de educación inicial, elaborar guías para padres que los orienten sobre el acompamiento a las actividades pedagógicas. Y a las PcD implementar los ajustes razonales elaborados por los tutores del programa Educación sin Límites.
  • Se invita a revisar y estar al tanto de las pautas establecidas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (MinTIC), por medio de sus diferentes herramientas tecnológicas, tales como acceso gratuito a telefonía, internet y a plataformas educativas específicas las cuales pueden ser consultadas en el siguiente link https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/
  • Se reitera el compromiso que tenemos de cuidar la vida y prevenir la propagacion del COVID-19 con este periodo de aislamiento preventivo en las IE y desarrollo del trabajo en casa. Existirán casos excepcionales en los cuales los Directivos Docentes y Docentes requeran asistir a las IE para adelantar algun tipo de actividad o entregar material pedagógico. En estos casos, se deberá concertar según las necesidades y contextos particulares, tales como IE Rurales y Ruralidad dispersa, para lo cuall, es indispensable activar todos los protocolos de cuidado y autocuidado impartidos por la Secretaría de Educación y entidades del Sector Salud.
  1. MEDIDAS ADICIONALES
  • Los Alcaldes y alcaldesas municipales deberán facilitar el cumplimiento de lo acá dispuesto, sea colaborando en la distribución del material pedagógico a los estudiantes y/o facilitando el desplazamiento del personal educativo, según lo establece el Decreto 531 de 2020.
  • Se recuerda que la Secretaria de Educación de Boyacá ha dispuesto el siguiente correo electrónico: dtecnicopedagogica@sedboyaca.gov.co y la línea de atención número 318 361 0508 para acompañamiento a las IE y dar solución a las inquietudes que se puedan presentar durante las semanas de trabajo académico en casa.

Los docentes orientadores, tutores y los docentes TIC acompañarán la implementación de las medidas aquí dispuestas, lo cual deberá ser concertado con el Respectivo Rector de la IE. Sus Planes de Aula Ajustados PAA, equivalen a los procesos de acompañamiento trasversal al desarrollo de las actividades en casa de todas las áreas y niveles de formación de cada IE.

  • La Secretaría de Educación, a través de la Subdirección de talento humano, enviará a más tardar el domingo 19 de Abril del 2020, un correo electrónico a los correos institucionales de cada IE con la certificación para cada rector (a) en caso que deba acreditar tal calidad a las autoridades, y corresponde a los directivos docentes certificar tal condición a sus docentes, sólo en caso de ser estrictamente necesario su desplazamiento.

Finalmente, con los deseos sinceros para que se cuiden, quiero compartir a la comunidad educativa de Boyacá un pequeño fragmento de unas palabras que escribí para mis estudiantes de Boyacá:

Queremos estar seguros de que contamos con ustedes, con su colaboración, con su cariño. Con su paciencia. Con el amor y tolerancia de sus padres, con la comprensión de sus maestros, con el apoyo de mi equipo… Recuerden la educación es un derecho y debemos defenderlo todos. Aún en estas circunstancias, más que nunca, más que siempre…

Seguramente mis queridos estudiantes cuando todo esto haya pasado, cuando regresemos al cole y volvamos a la “normalidad”; el mundo será distinto, y la verdad espero que así sea, que seamos mejores personas, que cuidemos el campo, el agua, la montaña; que valoremos las diferencias, la tierrita, al campesino, a los humildes, que seamos más solidarios y que compartamos más con quienes realmente importan.

Seguramente… cuando pasen los años y este reto que nos tocó vivir se haya casi olvidado… se levantará una nueva generación de boyacenses que no tuvieron que vivir este momento, y que esperamos que jamás les toque; pero que si les tocara y les preguntan a ustedes ¿qué hicieron en ese extraño año de la pandemia? Ustedes puedan decir: construimos una nueva escuela; reinventamos la educación; construimos un mundo mejor, un Boyacá mejor… en fin: fuimos: estudiantes.

La educación es el camino.

En lo que tiene que ver con la Resolución 039 del 17 de abril de 2020 se enuncian las siguientes orientaciones adicionales sobre el trabajo académico en casa:

 …Dando continuidad a lo dispuesto en la Circular 038 de 2020, me permito compartir con la comunidad educativa de los 120 municipios no Certificados de Boyacá las siguientes orientaciones adicionales, en el marco de la prevención, contención y mitigación del COVID-19, con ocasión de la implementación de las clases no presenciales:

  1. DIRECTRICES RESPECTO DEL PROGRAMA PALABRAS MAYORES:

La Secretaría de Educación de Boyacá, a través de la coordinación del Programa de Educación de Jóvenes, Adultos y Mayores «Palabras Mayores», sugiere revisar el numeral 4 de la Directiva N° 5 del Ministerio de Educación establece orientaciones para la Educación de Adultos. En virtud de la directriz en mención, respecto el Programa de Educación de Adultos, para la vigencia 2020, se informa:

  • Se continuará la ejecución de la prestación del servicio educativo en el marco del contrato N° 2583 de 2019 celebrado con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia – UPTC una vez se reinicie el mismo, en las instituciones educativas donde se viene ejecutando desde la vigencia 2019.
  • Por disposición del MEN no habrá nueva contratación en la vigencia actual, por tal motivo los estudiantes que culminen sus ciclos con la UPTC podrán, en la vigencia 2021, inscribirse para la culminación de su educación básica y media, según sea el caso.
  • Tal como se menciona en la Directiva relacionada, es necesario que se cumpla lo establecido en la Circular N° 09 del 10 de febrero de 2020, para el modelo CEDEBOY, que establece: “(…) En el mismo sentido, sucede con los procesos de formación para adultos que son atendidos con horas extras; es decir, las personas que ya iniciaron su proceso de formación y están debidamente matriculados, se garantizará la culminación del ciclo en curso, y se suspenderá el ingreso para el siguiente ciclo hasta la vigencia 2021. En este sentido, las ETC solo deberán reconocer las horas extras estrictamente necesarias para garantizar esta medida (…)”.
  1. DIRECTRICES SOBRE PROGRAMA EDUCACIÓN SIN LÍMITES (INCLUSIVA):

  Desde el equipo de Educación Sin Límites hemos tomado las acciones necesarias en la contingencia de aislamiento preventivo, enfocadas en estrategias que reinventen la prestación de la atención educativa a estudiantes con discapacidad, por lo tanto se dan las siguientes directrices al respecto:

  • Se empleará el diseño y elaboración de estrategias pedagógicas, metodológicas y didácticas para desarrollar en casa, las cuales están dirigidas a padres de familia, estudiantes oyentes, docentes y orientadores escolares las 254 I.E. de los 120 municipios no certificados, por medio de redes sociales, videollamadas, e-mail, contenidos audiovisuales, creación de software y herramientas Tic.
  • Se continuará la promoción de la lengua de señas colombiana y el fortalecimiento del español básico en estudiantes con discapacidad auditiva, con el apoyo de modelos lingüísticos e intérpretes de LSC por medio de guías prácticas, blogs y otras herramientas virtuales. También se continuará con la difusión virtual de la información tiflológica que permitan la inclusión del educando en las actividades académicas según las necesidades de cada quien, empleando diseños universales, ajustes razonables, contenidos virtuales y audiotutoriales.
  • El equipo del Programa está a disposición de atender las recomendaciones y/o solicitudes de la comunidad educativa del Departamento y está trabajando para fortalecer con material didáctico los procesos de formación de nuestros estudiantes con discapacidad y con capacidades excepcionales.

 DIRECTRICES REFERENTES AL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR

  • En cumplimiento de las directrices impartidas por la Presidencia de la República, el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación, en especial las disposiciones contenidas en el Decreto 470 de 2020, (Presidencia) y a la Resoluciones 006 y 007 emitidas por la UAPA, y Circulares N° 33 y 035 de 2020 (SEDBOY), se realizó modificatorio a los convenios interadministrativos suscritos con los Municipios, para la entrega de las canasta básicas de la Ración Para preparar en Casa, durante el tiempo de receso estudiantil.
  • En la actualidad, el programa se encuentra a la espera de nuevas Directrices por parte del Ministerio de Educación, mismas que una vez emitidas, serán implementadas y socializadas. Continuaremos prestando el servicio de alimentación escolar en casa, siguiendo los protocolos de cuidado y protección a nuestra comunidad educativa.
  • Se solicita a los Rectores de las IE, conforme a la Circular 033 de 2020, certificar si las actas de entrega suministradas por el operador PAE de las raciones entregadas en casa coinciden o no con los acudientes debidamente inscritos en la plataforma SIMAT. En los casos en que no coincida, dejar evidencia de las inconsistencias.
  1. DIRECTRICES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA NOTIFICACIÓN O COMUNICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
  • En lo relacionado con la notificación o la comunicación de actos administrativos y con base en los artículos 4º. y 5º. del Decreto 491 del 2020 y hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, la notificación o comunicación de los actos administrativos se hará por medios electrónicos. Para el efecto, en todo trámite, proceso o procedimiento que se inicie, será obligatorio indicar la dirección electrónica para recibir notificaciones, y con la sola radicación se entenderá que se ha dado la autorización.
  • En relación con las actuaciones administrativas que se encuentren en curso a la expedición del presente Decreto, los administrados deberán indicar a la autoridad competente la dirección electrónica en la cual recibirán notificaciones o comunicaciones. El mensaje que se envíe al solicitante deberá indicar el acto administrativo que se notifica o comunica, contener copia electrónica del acto administrativo, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse y los plazos para hacerlo.
  • La notificación o comunicación quedará surtida a partir de la fecha y hora en que el administrado acceda al acto administrativo, fecha y hora que deberá certificar la administración. En el evento en que la notificación o comunicación no pueda hacerse de forma electrónica, se seguirá el procedimiento previsto en los artículos 67 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
  1. DIRECTRICES SOBRE RADICACIÓN DE PREGUNTAS, QUEJAS, RECLAMOS, SOLICITUDES Y DENUNCIAS (PQRSD)
  • En atención a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 491 del 2020 los términos para atender las peticiones que se encuentren en curso o que se radiquen durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, se ampliarán, así: a. Salvo norma especial toda petición deberá resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción. b. Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones: (i) Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los veinte (20) días siguientes a su recepción. (ii) Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta y cinco (35) días siguientes a su recepción.
  • Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, se debe informar esta circunstancia al interesado, antes del vencimiento del término señalado en el mencionado artículo expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto. En los demás aspectos, se aplicará lo dispuesto en la Ley 1437 de 2015. Sin que tal disposición aplique a peticiones que impliquen la efectividad de otros derechos fundamentales.
  • El trámite para la solicitud de un servicio o radicación de una petición, queja, reclamo y/o denuncia, únicamente se deberán radicar a través del siguiente canal: Página Institucional: www.sedboyaca.gov.co Ruta: Inicio> SAC Radicación, Trámites y Servicios> PQRSD en el horario de lunes a domingo 24/7. La Secretaría de Educación de Boyacá garantizará, a través de este canal, una atención oportuna y eficiente a cada uno de los usuarios.
  • Para recibir orientación sobre el ingreso a la Plataforma SAC y/o adquirir usuario y contraseña se han habilitado las líneas: PBX: 7420 200 Ext. 3126, líneas móviles: 310 759 7879 y 314 793 2046.
  1. DIRECTRICES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS
  • La Secretaría de Educación de Boyacá, a través de comunicación del 31 de marzo, estableció el registro de informes contables del 1° trimestre hasta el 24 de abril. Sin embargo, considerando las dificultades de desplazamiento para consolidar y revisar la información, se determinó ampliar el plazo de registro en plataforma ADFI de dichos informes hasta el día 5 de mayo de 2020.
  • Referente a la radicación de la documentación adicional del informe de primer trimestre (extractos bancarios, acuerdos de presupuestos modificatorios, formato SIFSE, declaraciones de retención en la fuente y recibos de pago), este deberá ser enviado a través del Sistema de Atención al Ciudadano (SAC) debe ser a más tardar el 4 de mayo de 2020.
  • Con relación a los recursos a que hace mención la Directiva 05 2020 MEN para adquirir materiales como los establecidos en su Anexo 3, las IE del Departamento deberán hacerlo con cargo a los recursos del SGP concepto calidad – gratuidad, asignados a través del Documento de Distribución No. SGP-44-2020, (recursos girados en el mes de marzo), “los cuales serán reconocidos por el Ministerio de Educación Nacional mediante la asignación y giro de recursos adicionales, que deberán ser ejecutados por los Fondos de Servicios Educativos”.
  • Es importante que los (las) rectores (as), en el marco de las modificaciones presupuestales necesarias para garantizar la disponibilidad de los recursos convoquen por el medio más expedito posible (medios virtuales, por ejemplo) al Consejo Directivo para autorizar los ajustes que fueren necesarios en su presupuesto. Se recomienda llevar un control especial de la ejecución de esos recursos y sus debidos soportes, pues por mandato del MEN, la Secretaría de Educación consolidará y remitirá la información al MEN para su respectivo control y posterior reconocimiento.
  • Por re-apertura del SISTEMA MAESTRO sólo a partir del 14 de abril por parte del Ministerio de Educación Nacional, desde ésta fecha se retomaron los nombramientos en vacancia definitiva a que haya lugar, previo el procedimiento determinado para tal efecto. Esto se hará de manera virtual.
  • Para las vacancias temporales la Secretaría de Educación ha establecido un plan de contingencia para que, en el menor tiempo posible, se efectúen los nombramientos con la finalidad de prestar oportunamente el servicio educativo. Se solicita respetuosamente a los directivos docentes de cada IE reportar con antelación cada una de las necesidades de docentes y demás personal, para poder identificar el estado de los nombramientos y agilizar esos procesos. 7. MEDIDAS ADICIONALES Y DISPOSICIONES FINALES
  • Las alcaldías municipales deberán coadyuvar en la implementación y puesta en marcha de las medidas aquí dispuestas, atendiendo a los protocolos de prevención, contención y mitigación dispuestos tanto a nivel nacional y Departamental, así como al interior de sus jurisdicciones.
  • En los casos en que los directivos docentes, docentes y/o administrativos requieran conexión a Internet en la IE (Conexión Total) de manera permanente durante el periodo de clases no presenciales, para uso de recursos tecnológicos asociados a clases virtuales, elaboración y envío de materiales, cargue de informes, etc., el (la) rector (a) de la I. E. deberá enviar vía SAC virtual, una solicitud a la Secretaría, en la que justifique porque para la reconexión del servicio en la sede.
  • En cumplimiento de la Circular-025 del 04 de marzo de 2020, expedida por la Secretaría de Educación se reitera sea enviado el formato con la información de dotación del personal allí solicitada, tanto en formato PDF con las firmas, como el archivo Excel, al correo: stalentohumano@sedboyaca.gov.co para las IE que no lo han enviado a la fecha, cabe aclarar que a las IE que no cumplan con la entrega, se les entregará dotación de tallas estándar. El Plazo máximo adicional de entrega será el 27 de abril de 2020.
  • Igualmente, se reitera a Rectores y Coordinadores de las IE, la directriz dada en la circular 032 marzo 18 de 2020, emitida por la Secretaría de Educación de Boyacá, referente a la consolidación en el formato PMNP, de los PAA realizados por la totalidad de los docentes, el cual debió Despacho certificarse por el (la) Rector (a) más tardar el 27 de marzo; luego, para el caso de IE que no lo han reportado, se solicita enviar inmediatamente e informar a este despacho la razón del incumplimiento. El incumplimiento a lo dispuesto en este punto, dará lugar a las respectivas acciones del caso.
  • Se recuerda que la Secretaría de Educación de Boyacá ha dispuesto el siguiente correo electrónico: dtecnicopedagogica@sedboyaca.gov.co y la línea de atención número 318 361 0508 para acompañamiento a las IE y dar solución a las inquietudes que se puedan presentar durante las semanas de trabajo académico en casa.
  • demás de las recomendaciones establecidas en la Circular 036 de 2020 de la Secretaría de Educación de Boyacá, con el fin de proteger a los niños, niñas o adolescentes de ser víctimas de violencia se informa que el ICBF habilitó la línea 141; de igual manera se estableció como canales de atención a la ciudadanía los números de WhatsApp 320 239 1685, 320 865 5450 y 320 239 1320.

La Fiscalía General de la República habilitó la línea 122. Finalmente, con los deseos sinceros para que se cuiden, quiero reiterarles nuestra solicitud de poner lo mejor de nosotros, nuestra creatividad, sentido común y vocación, al objetivo de superar entre todos esta crisis, estaremos atentos a sus observaciones; cada caso es particular, pero el compartir experiencias y crear redes entre ustedes mismos, es la mejor estrategia para sacar adelante la educación en Boyacá. Estoy seguro, como lo escribí a mis estudiantes de Boyacá que, “… ese impulso que los llevó a convertirse en maestros es más contagioso que cualquier virus. Porque se sienten vivos y porque no renuncian ante el reto de asumir esta pandemia sin darle la pelea”. Hagámoslo juntos! La educación es el camino.

(Fin-Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo

Gobernación de Boyacá.

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