“Estudiantes boyacenses seguirán recibiendo sus raciones alimentarias en casa”: Secretaria de Educación

Foto: Equipo PAE

De acuerdo con la Circular 026 de 2021, se dieron a conocer la directrices que benefician a más de 162.000 estudiantes en el departamento, en esta tercera entrega de 2021.

Tunja, 26 de marzo de 2021. (UACP). Para seguir implementando las estrategias que garanticen medidas de protección y bioseguridad ante el COVID-19, motivando el trabajo en equipo y el compromiso de los actores para el beneficio de los niños, niñas y adolescentes del departamento, la secretaria de Educación de Boyacá, Luz Marina Cruz Vargas, presentó a los actores del Programa de Alimentación Escolar y comunidad en general los lineamientos y orientaciones generales a tener en cuenta en las entregas del complemento alimentario dentro del marco del Programa de Alimentación Escolar, el cual tiene como objeto primordial contribuir al acceso con permanencia para seguir enfrentando el reto de la educación en casa o alternancia educativa.

«Teniendo en cuenta que en este momento en el Departamento de Boyacá, la mayoría de instituciones educativas continúan en periodo de aprendizaje en casa y aquellas que se encuentran en alternancia, solo cuentan con un aforo del 30% de los estudiantes, quienes permanecen sólo 3 horas al día en la Institución, debido a la emergencia sanitaria causada por el coronavirus (COVID-19), la cual ha sido extendida hasta el 31 de mayo de 2021, mediante la resolución 222 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, se hace necesario que la tercera entrega del complemento alimentario del calendario escolar se continúe mediante la modalidad de la Ración para Preparar en Casa», explicó la titular de la entidad en la mencionada circular.

Se conoció, además, que, este estará compuesto por los siguientes alimentos:

Lista de mercado – Ración Para Preparar en Casa – RPC (Cantidad por estudiante)
Grupo de alimentos Alimento Cantidad Unidad de medida Presentación Comercial
Cereales Arroz 1000 gramos 2 libras de arroz blanco o 1 kilo de arroz blanco, de granos enteros NO PARTIDOS
Pasta (Para seco o para sopa: espagueti, macarrón, conchas, conchitas, cabello de ángel, etc.) 500 gramos 1 libra o 2 paquetes de 250 gramos
Harina de trigo fortificada todo propósito 500 gramos 1 libra
Avena en hojuelas precocida 500 gramos 1 libra
Lácteos Leche de vaca Ultra Alta Temperatura UHT – larga vida, o 4 1000 cc 4 bolsas de leche UHT Larga Vida Tener en cuenta que de este grupo de alimentos se debe entregar una (1) sola de las dos (2) opciones.
Leche de vaca en polvo – No azucarada 400 gramos 1 paquete de leche en polvo
Alimento proteico Fríjol, y 500 gramos 1 libra de frijol y Tener en cuenta que para este grupo de alimentos se deben entregar las tres (3) opciones de leguminosas.
Lenteja, y 500 1 libra de lenteja y
Arveja seca, y 500 1 libra de arveja seca
Huevo de gallina. 30 Unidades Huevo de gallina (Una cubeta de huevos de gallinafrescos)
Azúcares y dulces Panela, o 500 gramos Tener en cuenta que para este grupo de alimentos la RPC se compone de una (1) sola de las tres (3) alternativas.
Azúcar o 500 gramos
Bocadillo. 1 Lonja de 500 gramos
Grasas Aceite vegetal 500 c.c. 1      frasco de 500 c.c.

Notas:

  • En todo caso los alimentos que se suministren en el PAE en Casa deben cumplir con lo establecido en la normatividad sanitaria vigente y los lineamientos que para el efecto y en el marco de la Emergencia expida el sector salud, quien es la entidad competente en este aspecto.
  • No se aceptan intercambios de leguminosa: Frijol, lenteja y arveja seca. Se deben entregar las tres leguminosas establecidas en la RPC.
  • El huevo de gallina debe ser fresco y tener como mínimo un peso bruto de 55 gramos, Referencia A, según Norma Técnica Colombiana – NTC 1240 de clasificación de los huevos.

Esta canasta básica se entregará una vez al mes con una distribución para un periodo de 4 semanas de 5 días, por estudiante.

  • La canasta de RPC entregada es idéntica para cada estudiante y no dependerá del grupo
  • Se debe entregar cada uno de los productos de acuerdo con los gramajes y cantidades especificados en el cuadro
  • En el caso donde no se encuentre leche de 400 gramos, se podrá entregar un paquete de leche en polvo no azucarada de 380 gramos y dos huevos adicionales por RPC conforme a los lineamientos técnicos, para lo cual NO es necesario allegar solicitud de autorización al PAE.
  • Se recomienda que, por ser la panela y el bocadillo productos de la región, sean éstos los productos de preferencia del grupo de alimentos de azúcares y dulces; igualmente, adquirir los productos con proveedores que cumplan con el gramaje estipulado y los requisitos sanitarios en la Resolución 779 de 2006 (panela) y Resolución 3929 de 2013 (Bocadillo de frutas).
  • Todos los productos deben contar con registros, permisos o notificación sanitaria, en el caso que aplique, además de estar etiquetados como lo establece la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Previo a la entrega de RPC, en caso de que algún producto cuente con certificación de agotamiento de etiqueta deberá informar y allegar el respectivo soporte para su verificación.
  • Los alimentos suministrados deben estar libres de cualquier tipo de contaminación (física, química y biológica), garantizando la calidad e inocuidad de los alimentos, dando así cumplimiento a lo establecido en la Resolución 2674 de 2013 y demás normatividad sanitaria vigente en alimentos.
  • El huevo de gallina debe ser fresco, de cáscara fuerte, sin grietas, homogénea y libre de contaminación, las cubetas deben ser de primer uso, estar limpias, libres de olores, manchas, no deben presentar humedad ni arrugas, libre de daños en las celdillas, pestañas uniformes y bien definidas, color uniforme y estar en buen estado, deben provenir de granjas certificadas por el ICA o de establecimientos que den cumplimiento a la normatividad vigente en producción primaria.
  • El material del empaque utilizado para el embalaje de la RPC debe estar en buenas condiciones, resistente y de primer uso que permitan la visibilidad y protección del contenido facilitando la manipulación de los paquetes.

 Canales de atención 

Para la presentación de felicitaciones, peticiones, Inconformidades, quejas o reclamos, se pueden hacer a través de los siguientes medios:

Página web: crea.boyaca.gov.co

Correo electrónico: pae.crea@boyaca.gov.co

Sistema de Atención al Ciudadano de la Secretaria de Educación de Boyacá

O en nuestras redes sociales

Facebook: @PAlimentarioBoyaca

Twitter: @PAlimentarioBoy

La presente Circular se complementa con los aspectos previamente expuestos en las circulares 002, y 016 de 2021, emitidas por la Secretaría de Educación, por lo que los lineamientos y recomendaciones generales allí expuestos continuarán aplicándose.

Lo anterior reitera el compromiso que tiene nuestro Gobernador de Boyacá, Ramiro Barragán Adame, y los alcaldes con los estudiantes del departamento en este periodo de pandemia, brindando las orientaciones claras que garanticen las condiciones requeridas para las entregas de RPC, de manera que no se ponga en riesgo la integridad de los estudiantes. (Fin-Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo

Gobernación de Boyacá.

(Visited 319 times, 1 visits today)