Circular No. 081 del 15 de julio de 2021 de despacho – Orientaciones para el suministro del Programa de Alimentación Escolar PAE

Tunja, 15 de julio de 2021

Para: Actores del Programa de Alimentación Escolar – PAE y Comunidad en General.

De: Secretaría de Educación de Boyacá – Subdirección Técnica del Programa de Alimentación Escolar – PAE.

Asunto: Orientaciones para el suministro del Programa de Alimentación Escolar PAE.

Cordial saludo,

Con la presente circular la Secretaría de Educación de Boyacá, proporcionará orientaciones para la ejecución del programa, conforme las directrices emitidas por el Ministerio de Educación Nacional – MEN, la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar, Alimentos para Aprender- UApA y el Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS.

Con base en lo anterior,  los diferentes actores deberán trabajar mancomunadamente para generar las acciones pertinentes para avanzar de manera cierta, segura y decidida en la definición de la condiciones   que permitan el retorno gradual y progresivo de los alumnos a las aulas, con plena observancia de las normas de bioseguridad previstas por las autoridades nacionales y previendo  el manejo de aquellas situaciones particulares que por decisión libre e informada de los padres de familia, ameriten un tratamiento distinto. Lo anterior  de acuerdo a lo descrito en la Directiva N° 5 emitida por el MEN.

Es importante señalar que el Programa de Alimentación Escolar -PAE tiene como objetivo principal “suministrar un complemento alimentario que contribuya al acceso con permanencia en la jornada académica, de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, registrados en la matricula oficial, fomentando hábitos alimentarios saludables.” En razón a lo anterior, es importante aclarar que el PAE no corresponde a una ayuda social general toda vez que es una estrategia de acceso con permanencia en el sistema educativo.

Por lo anterior, es necesario tener en cuenta que según lo emitido por la Circular externa N° 009 de 15 de junio de 2021, emitida por la UapA, “No se debe hacer entrega de PAE en Casa con base en la Resolución 0007 de 2020 existiendo presencialidad en las Instituciones Educativas”. Únicamente en caso de ser aprobado por el orden Nacional para situaciones excepcionales, con base en la normatividad mencionada, se podrá continuar con el aprendizaje en casa y consecuentemente con PAE en Casa.

Con fundamento en lo anterior, emitimos las siguientes orientaciones y directrices, de cara al retorno a las Instituciones Educativas:

MODALIDADES DEL COMPLEMENTO EN PRESENCIALIDAD 

Las modalidades con las que se deberá atender el programa de alimentación escolar en presencialidad son las previstas en los lineamientos de la Resolución 29452 de 2017 y la resolución  18858 de 2018, emitidas por el Ministerio de Educación Nacional, es decir:

  • La Ración Preparada en Sitio: Se brindará complemento tipo almuerzo y se implementará acorde a las minutas establecidas, y teniendo en cuenta las indicaciones dadas en la resolución 777 de 2021 (MSPS), directiva 05 de 2021  (MEN), circular 009 de 2021 (UApA) y circular 073 de 2021, emitida por Secretaria de Educación de Boyacá.
  • La Ración Industrializada: Es una modalidad transitoria que se podrá adoptar en el caso de que los restaurantes escolares, no cuenten con las condiciones necesarias para entregar el complemento alimentario preparado en sitio en condiciones de calidad, higiene e inocuidad.

Cada alimento en esta modalidad se debe entregar en forma individual y en el empaque primario que garantice el cumplimiento del gramaje establecido en la minuta patrón definida por el MEN.

Además, se debe tener en cuenta:

  1. Los aforos determinados en el restaurante escolar no permiten organizar un horario de servido acorde a la ración prepara en sitio.
  1. Sedes de la Institución Educativa que de manera excepcional no cumplan con la implementación del protocolo de bioseguridad. 

Dado que es una modalidad transitoria se deben generar planes encaminados a subsanar de manera gradual los aspectos que impiden el suministro de ración preparada en sitio, determinando tiempos y procedimientos a implementar. 

MODALIDADES DEL COMPLEMENTO EN LA PRESENCIALIDAD CON ALTERNANCIA 

Atendiendo a la Directiva N°5 del 17 de junio de 2021 emitida por el MEN, el concepto de alternancia durante la emergencia sanitaria, puede aplicar únicamente para los estudiantes en algunos eventos excepcionales, contemplados allí.

Una vez identificada la modalidad de alternancia, la Entidad Territorial en conjunto con la Institución Educativa determinará la modalidad a suministrar teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Ración para Preparar en Casa: Bajo una de las excepciones establecidas en la directiva 5, y por una sola vez y mientras se culminan las actividades de acondicionamiento del restaurante escolar, se permitirá el suministro de una ración para preparar en casa a la totalidad de los estudiantes beneficiarios, ello con la verificación del comité de seguimiento operativo municipal el cual debe analizar el respectivo diagnóstico del Restaurante Escolar, de manera que se cuente con soporte del tipo de modalidad de Ración, trámite que debe ser enviado a la Subdirección Técnica del  Programa de Alimentación Escolar del departamento de Boyacá, para que desde allí se emita la viabilidad correspondiente si es del caso. 

Se reitera que, esta modalidad es transitoria mientras las Instituciones Educativas y Municipio,  realizan las adecuaciones correspondientes para brindar un retorno seguro  de los estudiantes  a las Instituciones Educativas y al restaurante escolar y así garantizar el complemento a los estudiantes durante dicho periodo. 

  • La Ración Industrializada podrá suministrarse al 100% de los estudiantes que se encuentren en alternancia, la cual será entregada, con previa organización por parte de la Institución Educativa, de acuerdo con los horarios, en que los alumnos asistan a la Institución Educativa. La misma se podrá entregar para su consumo en el hogar, para aquellos estudiantes, que no les corresponda por horario asistir a la IE. 
  • Ración preparada en sitio, y Ración Industrializada, (Modalidad Mixta) Se podrá implementar la entrega de los complementos Alimentarios, en la misma Institución Educativa, atendiendo a las particularidades que se puedan presentar al interior de la misma, horarios, de servido y estudiantes que asistan a las clases presenciales. Recordando que el estudiante debe recibir solo uno de los dos tipos de ración, con el fin de evitar duplicidad.

Se debe evaluar financieramente la viabilidad, la logística a implementar por parte del operador, las particularidades de cada municipio, contextos de cada sede y la estrategia para el seguimiento riguroso de las raciones, y verificar que lo mismo no conlleve a un desequilibrio económico. El rector informará al Municipio, semanalmente el tipo y numero de raciones requeridas de acuerdo con los grupos etarios establecidos en la resolución 29452 de 2017.

Se recomienda, determinar la modalidad teniendo en cuenta los derechos de equidad y suministro del complemento donde se reciba el aprendizaje, bien sea en la institución o en casa. Esta decisión deberá ser tomada de común acuerdo en comité de seguimiento operativo Municipal.

En caso de suministrar una modalidad mixta, NO se podría combinar la ración preparada en casa con industrializada o en preparada en sitio, dado que esto implicaría fraccionar el paquete alimentario ya establecido con su correspondiente análisis nutricional.

Se recomienda continuar con la labor exhaustiva, adelantar y adecuar las unidades aplicativas para el cambio a modalidad Ración Preparada en Sitio – RPS y Ración Industrializada – RI. Además, se reitera la importancia de enviar oportunamente cada uno de los diagnósticos realizados al correo: pae.crea@boyaca.gov.co

Descargar circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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