Circular No. 008 del 2 de febrero de 2022 de despacho – Orientaciones para la matrícula y prestación del servicio educativo de jóvenes, adultos y mayores del programa CEDEBOY vigencia 2022

Tunja, 02 de febrero de 2022

Para: Líderes, Directores(as) de Núcleos Educativos de las Unidades Educativas Provinciales (UEP), Rectores(as) y Coordinadores (as) de las instituciones educativas de los municipios no certificados del departamento de Boyacá.

De: Secretaría de Educación.

Asunto: Orientaciones para la matrícula y prestación del servicio educativo de jóvenes, adultos y mayores del programa CEDEBOY vigencia 2022.

Cordial Saludo,

Conforme a los lineamientos establecidos por el Decreto 1075 de 2015 y el Ministerio de Educación Nacional. La Secretaría de Educación a través de la Subdirección de Educación de Adultos para la vigencia 2022, se permite informar:

  1. Que atendiendo al modelo oficial CEDEBOY se dio apertura del proceso de matrícula y registro SIMAT a partir del 24 de enero hasta el 30 de marzo del presente año, para dar continuidad al programa en las Instituciones Educativas en las que se viene prestando el servicio educativo para Jóvenes, Adultos y Mayores; información que se dará a conocer de manera oportuna al Ministerio de Educación Nacional.
  1. El inicio de las clases será a través del MEF – CEDEBOY, a partir del 31 de enero del año en curso, una vez los participantes se encuentren debidamente matriculados en la Institución Educativa, en cumplimiento de la Resolución 7797 de 2015 y de acuerdo a las orientaciones emitidas por la secretaria de Educación, Ministerio De Educación Nacional y según las condiciones de cada institución que siguen el modelo.
  1. Atendiendo los requisitos del sistema para la educación de Jóvenes, Adultos y Mayores, la cantidad mínima de participantes por grupo será de 25 estudiantes, por lo tanto, no se reconocerá económicamente el pago de horas extras a grupos con un número inferior de estudiantes, aclarando que se puede trabajar la modalidad de multiciclo, con el ánimo de  completar el número de estudiantes requerido. Es necesario tener en cuenta que los grupos con matrícula inferior al mínimo solicitado, serán analizados con el fin de definir su autorización siempre y cuando sean estudiantes de continuidad.
  1. Para autorizar la apertura de los grupos del Modelo CEDEBOY, es indispensable diligenciar y radicar ante el SAC el certificado de inicio de labores, previo al inicio de las actividades académicas, precisando que la fecha de terminación es el 2 de diciembre de 2022.
  1. Para definir el número de grupos por cada ciclo lectivo y la cantidad de horas extras semanales del Modelo CEDEBOY se tendrá en cuenta los siguientes parámetros:
NÚMERO DE ESTUDIANTES GRUPO HORAS SEMANALES AUTORIZADAS HORAS MENSUALES AUTORIZADAS
De 25 A 30 estudiantes 1 grupo 16 64
De 31 a 60 estudiantes 2 grupos 32 128
De 61 de 90 estudiantes 3 grupos 48 192
De 91 a 120 estudiantes 4 grupos 64 256
  1. De acuerdo a lo establecido por el decreto 1075 de 2015: “Artículo 2.3.3.5.3.4.5.: […] para la modalidad semipresencial, en educación media, una duración mínima de 220 horas de trabajo académico presencial para cada uno de los ciclos lectivos integrados – CLEI V y CLEI VI”. 
  1. Es necesario que cuando se presente deserción, se realice el ajuste de la novedad en SIMAT y según la matricula que quede, se deberá informar el ajuste en el reporte de horas extras a la oficina de nómina.
  1. El desarrollo de las actividades académicas y las horas de clase con modalidad semipresencial, se cumplirán de acuerdo con lo establecido por el Decreto 1075 de 2015 en concordancia con el Modelo Oficial CEDEBOY.
  1. Que de conformidad con el Decreto 1075 de 2015, sección 3, determina:

“Artículo 2.3.3.5.3.4.2: Destinatarios de la Educación Básica formal para adultos. Podrán ingresar a Educación Básica formal de adultos ofrecida en ciclos lectivos especiales integrados: Las personas con edades de trece (13) años o más, que no han ingresado a ningún grado del ciclo de educación básica primaria o hayan cursado como máximo los tres primeros grados”.

“Las personas con edades de quince (15) años o más, que hayan finalizado el ciclo de educación primario y demuestren que han estado por fuera del servicio público educativo formal, dos años o más”, se realizara seguimiento al registro del sistema integrado de matricula SIMAT.

“Es necesario tener en cuenta, al realizar la matrícula que las personas interesadas en recibir la prestación del servicio educativo no provengan del

sistema de niños y adolescentes, sino que, efectivamente hayan estado por fuera del servicio educativo y se encuentren en extra edad”.

“De igual manera, para acceder a la educación media de adultos, se requiere que se cuente con 18 años o más; o que hagan parte de la continuidad educativa dentro del programa”.

Artículo 2.3.3.5.3.5.1: De la educación media de adultos.

“La educación media académico se ofrecerá en dos (2) ciclos lectivos especiales integrados, a las personas que hayan obtenido el certificado de estudios del bachillerato básico y a las personas de dieciocho (18) años o más que acrediten haber culminado el noveno grado de educación básica”.

  1. Las instituciones Educativas que prestarán el servicio con el Modelo Oficial CEDEBOY para la presente vigencia y de acuerdo con las condiciones específicas de cada municipio son:
No. MUNICIPIO INSTITUCIÓN EDUCATIVA
1 AQUITANIA I.E. REGION SUR DE AQUITANIA
2 CHIQUINQUIRA I.E. TECNICA LOS COMUNEROS
3 CHITA I.E. JESUS EMILIO JARAMILLO MONSALVE
4 CHITA I.E. JOSE MARIA POTIER
5 COPER I.E JUANA CAPORAL
6 CUBARA I.E TECNICA NACIONALIZADA PABLO VI
7 GUATEQUE I.E TECNICA VALLE DE TENZA
8 LABRANZAGRANDE I.E TECNICA VALENTIN GARCIA
9 LA UVITA I.E. TECNICA AGROINDUSTRIAL CUSAGUI
10 MARIPI I.E JORGE ELIECER GAITAN
11 MIRAFLORES I.E SERGIO CAMARGO
12 MIRAFLORES I.E. T MIRAFLORES
13 MONIQUIRÁ I.E TÉCNICA ANTONIO NARIÑO
14 MUZO I.E SAN MARCOS
15 OTANCHE I.E. SAN IGNACIO DE LOYOLA
16 PAJARITO I.E. AGROPECUARIA
17 PAUNA I.E TECNICA NACIONALIZADA DE PAUNA
18 PISBA IE RAMON BARRANTES
19 PUERTO BOYACA I.E TECNICA PUERTO SERVIEZ
20 PUERTO BOYACA I.E PUERTO PINZON
21 PUERTO BOYACA I.E TECNICA AGROPECUARIA EL MARFIL
22 PUERTO BOYACÁ IE JOHN F. KENNEDY
23 PUERTO BOYACÁ I.E. SAN PEDRO CLAVER
24 PUERTO BOYACÁ I.E. EL PRADO
25 QUIPAMA I.E TECNICA NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
26 SAMACÁ I.E. TECNICA NACIONALIZADA DE SAMACA
27 SAN PABLO DE BORBUR I.E SANTA BARBARA
28 SAN MIGUEL DE SEMA I.E. TECNICA ALFONSO VANEGAS SIERRA
29 SAN MIGUEL DE SEMA I.E. EL CHARCO
30 SABOYÁ I.E. NORMAL SUPERIOR
31 SABOYA I.E JOSE MARIA CORDOBA
32 SORACÁ I.E SIMÓN BOLIVAR
33 SUTATENZA I.E TECNICA SAN BARTOLOME
34 TENZA I.E JOSE GABRIEL CARVAJAL
35 TUNUNGUÁ I.E. LUIS GUILLERMO ROJAS BARRERA
  1. Para la promoción de los estudiantes de ciclo V y ciclo VI, es necesario que las instituciones educativas desarrollen en un solo año lectivo los dos ciclos; toda vez que, la duración de cada uno de los ciclos es semestral y no anual, tal como lo señala la normatividad vigente.
  1. Las Institución Educativa que quieran desarrollar el Modelo Educativo CEDEBOY, deberán hacer la solicitud a la Subdirección de Educación de Adultos con el oficio correspondiente donde expliquen las razones de su solicitud para que sean analizados y aprobados por la Dirección Técnico Pedagógica de la Secretaría de Educación.
  1. Para el servicio educativo en centros de reclusión INPEC, es importante que se garantice la educación de las personas que se encuentran privadas de la libertad atendiendo las orientaciones del Ministerio de Educación Nacional y la normatividad vigente, entre otras la ley 115 de 1994, artículo 69.
  1. En cuanto a la población vulnerable y víctima del conflicto armado interno, se recuerda que ésta no tiene restricción para los procesos de matrícula en SIMAT y se debe garantizar el acceso al servicio educativo, de acuerdo con la normatividad vigente, para lo cual es indispensable consultar y tener en cuenta lo establecido en los “Lineamientos generales para la atención educativa a población vulnerable y víctima del conflicto armado interno”.
  1. Se requiere que las instituciones radiquen ante el SAC de la Secretaría de Educación los informes de gestión de acuerdo a las siguientes fechas.
INFORME N° FECHA
1. INFORME DE GESTIÓN 31 DE MARZO 2022
2. INFORME DE GESTIÓN 17 DE JUNIO 2022
3. INFORME DE GESTIÓN 30 DE SEPTIEMBRE 2022
4. INFORME DE GESTIÓN 30    E NOVIEMBRE 2022
  1. De igual manera se debe radicar ante el SAC con copia al correo electrónico – educaciondeadultos@sedboyaca.gov.co, los formatos que se relacionan a continuación:
  1. Formato de inicio de labores.
  2. Perfil docente.
  3. Resolución

debidamente firmados por el rector (a) de la Institución Educativa, los cuales se recibirán hasta el día 30 de marzo de 2022, con el cierre de la matrícula, para informar al Ministerio de Educación Nacional y para que se autoricen el pago de las Horas Extras.

Descargar circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

Anexos:

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