Circular No. 033 del 8 de abril de 2022 de despacho – Orientaciones del Servicio Transporte Escolar Año 2022

Tunja, 8 de abril de 2022

Para: Alcaldes, Rectores(as), Padres de familia, Estudiantes y Operadores del transporte escolar de las instituciones educativas de los municipios no certificados del departamento de Boyacá.

De: Secretaría de Educación de Boyacá.

Asunto: Orientaciones del Servicio Transporte Escolar Año 2022.

Respetuoso saludo.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1079 del 2015, capítulo 6, sección 10,  transporte escolar público y privado, Ley 2033 del 2020 sobre la prestación del servicio de transporte escolar en zonas de difícil acceso; Decreto 746 del 2020 por medio del cual se sustituye el título 8, de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1079 de 2015 sobre zonas diferenciales para el transporte y/o el tránsito, la Ley 2050 de 2020 sobre seguridad vial y tránsito; los planes de movilidad escolar  y las demás normas que adicionen, modifiquen o sustituyan la reglamentación de la prestación del servicio de transporte escolar como  estrategia que permite contribuir a garantizar el acceso y la permanencia de la niñez y la juventud al sistema educativo, me permito dar algunas orientaciones que son de competencia de ésta entidad:

  • Planear, organizar, ejecutar, controlar y evaluar el servicio del transporte escolar teniendo en cuenta las necesidades de los estudiantes como población vulnerable, con discapacidad, estratos 0,1 y 2 que tengan que desplazarse en largas distancias para acceder al sistema educativo en Educación Básica Secundaria y Media tanto urbana como rural.
  • Contratar el servicio en forma oportuna y con empresas y/o vehículos que cumplan con los requisitos legales según la normatividad.
  • Capacitar a conductores de los vehículos de transporte escolar para que puedan ejercer su labor acorde a la función que desempeñan.
  • Verificar que los vehículos que realicen el transporte escolar sea de uso exclusivo para los estudiantes y sus monitores donde los requieran.
  • Cumplir con las normas de bioseguridad para la prestación del servicio de transporte escolar.
  • Evitar el sobrecupo de estudiantes en los diferentes recorridos de transporte escolar.
  • Caracterizar y registrar en el SIMAT en la estrategia de permanencia “Transporte Escolar” los estudiantes beneficiarios del servicio.
  • Actualizar y ajustar el reglamento interno en la Institución Educativa para uso del transporte escolar y darlo a conocer a los padres de familia, familiares y/o cuidadores y estudiantes beneficiarios.
  • Los estudiantes de Educación preescolar y básica primaria no deben tener servicio de transporte escolar cuando en su entorno  existe una sede educativa
  • El uso de motos, bicicletas y otro tipo de vehículos  por parte de los estudiantes   para acceder al sistema educativo debe realizarse bajo la autorización y supervisión de los padres de familia cumpliendo con elementos de protección y normas de seguridad vial.
  • Crear conciencia en los estudiantes que transmitan a sus padres y/o docentes, cualquier anomalía presentada  en la prestación del servicio.
  • Dar especial prelación a la vigilancia y control de la prestación del servicio de transporte escolar.
  • Destinar los espacios adecuados de la Institución Educativa para el ascenso y descenso de los beneficiarios a los vehículos de transporte escolar.
  • Firmar un compromiso con los padres de familia para que los beneficiarios utilicen el servicio de transporte escolar.
  • Los padres de familia deben estar pendientes de la salida y llegada de sus hijos o estudiantes a cargo al hogar y a la vez exigirles el buen comportamiento, horarios, reglamentos y condiciones dentro del transporte escolar.
  • Ejercer veeduría ciudadana y ante cualquier situación irregular informar a los entes competentes.
  • Para acceder a capacitación sobre seguridad vial deben ingresar a la página de la Agencia de seguridad vial ansv.gov.co, en el Link Escuela virtual de seguridad vial, donde encontrarán temas relacionados.

Cualquier información comunicarse con la Directora de Núcleo Melba Esperanza Daza Martínez a través del correo mdaza@sedboyaca.qov.co

Descargar circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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