Circular No. 075 del 7 de diciembre de 2023 de despacho – Publicación Estudio Técnico de Planta Docente 2024

Tunja, 7 de diciembre de 2023

De: Secretaría de Educación de Boyacá.

Para: Rectores(as), Líderes e integrantes de las Unidades Educativas Provinciales, Consejos Directivos y Comunidad educativa de las 255 instituciones educativas del departamento.

Asunto: Publicación Estudio Técnico de Planta Docente 2024.

En desarrollo de la Circular 55 del veinte (20) de septiembre de 2023, el equipo de la   Subdirección de Cobertura Educativa y Ruralidad  de la Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá, con participación de Directivos Docentes, Rectores y Directores de Núcleos Provinciales realizó el estudio Técnico de planta correspondiente al año académico 2024, teniendo como referencia  la documentación aportada por cada uno de las Instituciones  Educativas que ofrecen y prestan el servicio público educativo en los municipios no certificados del departamento de Boyacá y la información registrada en los sistemas de información institucional.

Que el corte SIMAT fue tomado de la base de datos vigencia 2023 con proyecciones básicas de la vigencia 2024, y se consideró los planes de estudio de cada una de las Instituciones Educativas.

La administración está ejecutando el proceso de vinculación propia de la lista de elegibles que se encuentran en firme, el periodo de prueba de docentes de aula por nivel, área de desempeño y directivo docente y determina realizar audiencia de oferta OPEC que se convierte en imperio para la garantía del inicio y desarrollo del periodo de prueba de los vinculados.

Cumplido el proceso técnico, es procedente publicar sus resultados con el fin que, a través del Sistema de Atención al Ciudadano, SAC, se realicen las observaciones correspondientes. Las que haya lugar deberán ser consignadas de manera clara y consistente con los debidos soportes, situación que debe ser reportada a más tardar día dieciséis (16) de enero del año 2024.

De manera adicional se reitera tener en cuenta las siguientes directrices institucionales:

  • Las reubicaciones entre instituciones de un mismo municipio y entre municipios las realizará la Secretaría de Educación del Departamento, a la luz de lo dispuesto por la circular 1 de 2021 y demás concordantes.
  • Los docentes en condición de insuficiencia académica serán ubicados en las necesidades surgidas en el estudio técnico de planta de docente siempre y cuando cumplan con los perfiles definidos en el mismo, en coherencia con las insuficiencias académicas y las necesidades del servicio educativo, en caso de no coincidir serán ubicados en las vacantes que se presenten por novedades administrativas.
  • En las Instituciones Educativas Técnicas que por los criterios definidos en la circular 055 del 20 de mayo de 2022, no se implementa una o varias de sus especialidades autorizadas, se debe reportar la respectiva información ante la sectorial para la toma de las decisiones correspondientes.
  • En el año académico 2024, se autorizará la apertura de nuevos grupos, teniendo como soporte los cortes oficiales de matrícula realizados por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación Departamental, siempre que se garantice la sostenibilidad del mismo. La oferta educativa está sujeta a la autorización que se otorgue por la Sectorial.
  • Las horas extras regulares y de Jornada Única son las autorizadas como complemento al plan de estudios de cada una de las Instituciones Educativas, en los formatos firmados como producto del estudio técnico de planta docente 2024 y avaladas por la Subdirección de Cobertura, las cuales no tendrán modificación durante el transcurso del año lectivo.
  • Las Instituciones Educativas que aparecen con el concepto de estudio de planta sin novedad, en el evento en que disminuya la matrícula y/o existan situaciones administrativas como renuncias o traslados deben informar con oportunidad a la Secretaría para que esta proceda de acuerdo con la novedad presentada.

Descargar circular y anexo flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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