Comunicado – Citación a Audiencia Pública Definición Desempate OPEC No. 190302 a AUXILIARES DE SERVICIOS GENERALES CÓDIGO 470 GRADO 10

Tunja, 24 de enero de 2024

Para: Elegibles Convocatoria Pública No. 2416 de 2022 Territorial 8, Auxiliares de Servicios Generales Código 407 GRADO 10.

De: Secretaría de Educación de Boyacá.

Asunto: Citación a Audiencia Pública Definición Desempate OPEC No. 190302 a AUXILIARES DE SERVICIOS GENERALES CÓDIGO 470 GRADO 10.

De conformidad con el acuerdo 411 de 30 de noviembre de 2022, por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de ASCENSO y ABIERTO, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ (Planta Administrativa) – Proceso de Selección No. 2416 de 2022 -Territorial 8’

La Secretaria de Educación de Boyacá se permite citar a audiencia pública modalidad virtual, a los elegibles que se encuentra en condición de empate OPEC No. 190302, Cargo Auxiliares de Servicios Generales Código 470 grado 10, audiencia que se realizara el día lunes 29 de enero de 2024, hora 9:00 am, a través del siguiente Link:

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A la audiencia convocada, solamente deben asistir los elegibles que presentan condición de empate, el cual se resolverá de acuerdo a los siguientes criterios contemplados en el Acuerdo 411 de 30 de noviembre de 2022.

ARTÍCULO 30°. DESEMPATE EN LAS LISTAS DE ELEGIBLES. Cuando dos o más aspirantes obtengan puntajes totales iguales, en la conformación de la Lista de Elegibles, ocuparán la misma posición en condición de empatados. En estos casos, para determinar quién debe ser nombrado en Periodo de Prueba, se deberá realizar el desempate, para lo cual se tendrán en cuenta los siguientes criterios, en su orden:

1. Con el aspirante que se encuentre en situación de discapacidad.
2. Con quien ostente derechos en carrera administrativa.
3. Con el aspirante que demuestre la calidad de víctima, conforme a lo descrito en el artículo 131 de la Ley 1448 de 2011.
4. Con quien demuestre haber cumplido con el deber de votar en las elecciones inmediatamente anteriores, en los términos señalados en el artículo 2 numeral 3 de la Ley 403 de 1997.
5. Con quien haya realizado la judicatura en las Casas de Justicia o en los Centros de Conciliación Públicos, o como Asesores de los Conciliadores en Equidad, en los términos previstos en el inciso 2 del artículo 50 de la Ley 1395 de 2010.
6. Con quien haya obtenido el mayor puntaje en cada una de las pruebas, en atención al siguiente orden:
a. Con quien haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de Competencias Funcionales.
b. Con el aspirante que haya obtenido mayor puntaje en la prueba de Valoración de Antecedentes, (o en la de ejecución cuando aplique)
c. Con quien haya obtenido mayor puntaje en la prueba de competencias comportamentales
7. La regla referida a los varones que hayan prestado el Servicio Militar Obligatorio, cuando todos los empatados sean varones.
8. Finalmente, de mantenerse el empate, este se dirimirá a través de sorteo con la citación de los interesados, de lo cual se deberá dejar la evidencia documental.

De acuerdo a lo anteriormente mencionado, le solicitamos para el día de la audiencia tener la documentación señalada.

Descargar comunicado flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

 

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