Resolución Número 8407 de 16 de octubre de 2025 – Por la cual se Convoca a proceso de Traslado Ordinario de educadores para proveer vacantes definitivas registradas en la planta de cargos docentes y directivos docentes en las Instituciones Educativas y en las Escuelas Normales Superiores administradas por el Departamento de Boyacá y se dictan otras disposiciones.
República de Colombia
Departamento de Boyacá
Secretaría de Educación Departamental
Resolución Número 8407 de 16 de octubre de 2025
Por la cual se Convoca a proceso de Traslado Ordinario de educadores para proveer vacantes definitivas registradas en la planta de cargos docentes y directivos docentes en las Instituciones Educativas y en las Escuelas Normales Superiores administradas por el Departamento de Boyacá y se dictan otras disposiciones.
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ
En uso de sus facultades legales, conferidas mediante Decretos Departamentales No. 1714 de 28 de octubre de 2022, 0139 del 29 de enero de 2024, y en particular las conferidas por el numeral 3 del artículo 2.4.5.1.2 del Decreto 1075 de 2015, Resolución del Ministerio de Educación Nacional No. 019806 del 30 de septiembre de 2025, y
C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 22 de la Ley 715 de 2001, regula la procedencia de los traslados ordinarios de los docentes y directivos docente, señalando que: “Traslados. Cuando para la debida prestación del servicio educativo se requiera el traslado de un docente o directivo docente, este se ejecutará discrecionalmente y por acto debidamente motivado por la autoridad nominadora departamental, distrital o del municipio certificado cuando se efectúe dentro de la misma entidad territorial. (…)”.
Que los artículos 2.4.5.1.2 y ss, capítulo 1, Título 5, Parte 4, Libro 2, del Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación, regula el proceso ordinario de traslado de Docentes y Directivos Docentes y determina entre otras responsabilidades de las entidades territoriales certificadas en educación las de atender el cronograma fijado por el Ministerio de Educación Nacional, el reporte anual de vacantes y la realización de Convocatoria mediante Acto Administrativo.
