NOTIFICACIÓN POR AVISO DE RESPUESTA A PQRSDF ANÓNIMAS del 03 de Noviembre del 2026 – En atención a la Petición, Queja, Reclamo, Sugerencia, Denuncia y felicitación (PQRSDF) No. BOY2026ER058148
Una vez analizada la solicitud presentada de manera anónima, la (Subdirección de Talento Humano a cargo de la Dra. Claudia Idaly Ávila Tibacuy emitió respuesta de fondo informado que:
De acuerdo con su requerimiento, me permito informarle que, conforme a lo dispuesto por la Constitución Política de Colombia, en su artículo 125, los empleos en los órganos y entidades del Estado se proveerán mediante concurso de méritos, salvo las excepciones previstas en la ley. Así mismo, el Decreto 1083 de 2015 establece las disposiciones para la provisión de vacantes temporales y/o definitivas en la administración pública, así como el Decreto 490 de 2016 por el cual se reglamenta el Decreto Ley 1278 de 2002 en materia tipos de empleos del Sistema Especial de Carrera Docente y su provisión, se dictan otras disposiciones y se adiciona el Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación.
En el mismo sentido, se han expedido lineamientos específicos para la vinculación y provisión de vacantes en la planta de personal, conforme a la Circular Externa No. 2023RS140848 del 12 de octubre de 2023 de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y la Circular No. 12 del 1 de febrero de 2024 emitida por esta sectorial.
