Circular inf. No 4 – Dir. Adtiva / Educación de Jóvenes y Adultos
Ppara: Directivos Docentes Rectores y Rectoras de Instituciones Educativas oficiales de los municipios no certificados del departamento de Boyacá.
Orientación para la Educación de Jóvenes y Adultos Año 2016.
En atención a las políticas del Ministerio de Educación Nacional y las directrices de la administración Departamental dentro del Plan de Desarrollo Departamental, nos permitimos informar:
• La atención del servicio educativo en el Programa de Educación de Adultos se prestará del ciclo 1 al ciclo 6 en todas las provincias del Departamento, por lo cual se invita a las Instituciones Educativas para que se realicen campañas de difusión para agilizar la matrícula de los estudiantes.
• Se solicita que antes de iniciar con el proceso de matrícula para la vigencia 2016 en el programa de adultos, se actualice el estado de cada estudiante que debe ser: MATRICULADO, GRADUADO o RETIRADO .
• Se autoriza la matrícula de los estudiantes y el registro en Sistema de Matrícula SIMAT a partir de la fecha y hasta el día viernes 26 de Febrero de 2016 a todas las Instituciones Educativas que orientan el Programa de Educación de Jóvenes y Adultos.
• Se reitera que los documentos para la legalización de matrícula son los relacionados a continuación, los cuales deben reposar en la Institución Educativa en la carpeta de cada estudiante de educación de adultos; documentación que es indispensable para realizar la Matrícula y el posterior Registro en el SIMAT a fin de soportar dicho proceso, que es responsabilidad intransferible de la Institución Educativa:
• Fotocopia Documento de Identidad vigente
• Fotografía
• Certificados de años anteriores o Prueba base (soportes prueba base pliego de evaluación y acta firmada por el rector de la I.E.)
• Copia Carné de Salud o certificado de afiliación
• Folio de Matricula diligenciado con firma del estudiante y firma del Rector.
• Certificado de: personería / desplazados / población en condiciones especiales / víctima de conflictos / desmovilizados / y – o cualquier condición especial debe estar incluida en la carpeta como soporte para posibles verificaciones por parte de entes de control cuando así se requiera.
La aplicación de la Prueba Base (prueba de conocimiento) a los estudiantes que no cuenten con los certificados de años anteriores deberá ser aplicada exclusivamente a través de los comités de evaluación de la Institución Educativa como lo establece el Decreto 3011 de 1997 Articulo 36.
• Con el objetivo de evitar un doble registro de estudiantes en el Programa de Adultos, es fundamental que al momento de realizar el registro de los datos del estudiante en el Sistema Integrado de Matricula SIMAT, contar con el documento de identidad vigente y transcribir el número de documento de identidad, el tipo de documento, nombre completo del estudiante y la fecha de nacimiento tal como está registrado en el documento.
• En el Sistema Integrado de matrícula es necesario registrar si el estudiante pertenece a Población especial Víctima del conflicto y contar con la correspondiente certificación.
• Las Instituciones Educativas que ofrecen el Programa de Educación para Jóvenes y Adultos deben atender los todos los lineamientos establecidos en el Decreto 3011 de 1997, cabe recordar que es responsabilidad de cada rector verificar que los estudiantes que ingresan a dicho programa cumplan con las edades establecidas en dicho Decreto antes de realizar la correspondiente matrícula.
• Se recuerda que se debe evitar que los estudiantes de la Educación Formal Regular, se trasladen a los Programas de adultos ya que esto acarrea dificultades para las plantas de personal de las Instituciones Educativas. Solo por situaciones comprobadas y avaladas por Personería Municipal o Comisaria de Familia, algunos estudiantes pueden pasar de la Educación Formal Regular a la Educación para Jóvenes y Adultos y en dichos casos se debe archivar en la carpeta del estudiante la correspondiente certificación, previo estudio y autorización por coordinación de adultos de la SEB.
• Se informa que las solicitudes de apertura de grupos y demás consultas deberá realizarse a través de correo electrónico cobertura@sedboyaca.gov.co o por radicación ante el SAC de la Secretaria de Educación según solicitud.
La Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá informa que posteriormente se definirá el operador que trabajará en cada provincia o municipio.
Cordialmente,
(Original firmado)
Miguel Alberto Vergara
Director Administrativo
Secretaría de Educación de Boyacá
