COMUNICADO

TUNJA, 12 DE JULIO DE 2016

PARA: DIRECTIVOS DOCENTES COORDINADORES, QUE PERTENECEN A LA PLANTA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA SECRETARIA DE EDUCACION DE BOYACA, NOMBRADOS EN PROPIEDAD, E INSCRITOS EN CARRERA DOCENTE.

ASUNTO: OFERTA A TRAVÈS DE ENCARGO DE VACANTE DEFINITIVA EN EL CARGO DE RECTOR.

Se informa a los funcionarios que desempeñan los cargos de Directivo Docente COORDINADOR, correspondientes a la Planta de cargos de las Instituciones Educativas de la Secretaria de Educación de Boyacá, con nombramiento en PROPIEDAD e inscritos en el escalafón docente, que teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto Ley 1278 de 2002 y el artículo 2.4.6.3.13 del Decreto 490 de 2016en el cual establece:

“el encargo se aplica para la provisión de vacantes definitivas o temporales de cargos de directivos docentes y consiste en la designación transitoria de un educador con derechos de carrera, previa convocatoria y publicación de las vacantes a ser proveidas mediante encargo. Para la calificación de los educadores que se postulen, la entidad territorial certificada deberá observar los siguientes requisitos.

  1. Que recaiga en un educador de carrera que se desempeñe en la planta de personal de la respectiva entidad territorial certificada en educacion en el empleo inferior al que se va proveer transitoriamente, para lo cual se entiende el siguiente orden:
  1. a) Encargo de Rector: director rural
  2. b) Encargo de director rural: docente
  3. c) Encargo de coordinador: docente
  1. Que cumpla los requisitos y competencias del cargo respectivo, de acuerdo con el manual que trata el artículo 2.4.6.3.8 del presente decreto.
  1. Que posea aptitudes y habilidades para desempeñar el empleo a encargar.
  1. Que no tenga sanción disciplinaria en el último año calendario.
  1. Que acredite un desempeño sobresaliente en su última evaluación anual de desempeño, cuando el aspirante sea un educador regido por el Decreto 1278 de 2002.”

De conformidad con la premisa legal que antecede, se convoca a los coordinadores en propiedad a participar libre y discrecionalmente para unos cargos de rector, de acuerdo a la siguiente información:

Cantidad Cargo Institución Educativa Municipio
1 RECTOR JOSE ANTONIO PAEZ PAEZ

A la fecha ante coexistencia de los estatutos 2277 de 1979 y 1278 de 2002 el criterio de asignación será a favor de quien acredite mayor tiempo de experiencia en el cargo a proveer.

La solicitud la deben radicar a través de la oficina de atención al ciudadano SAC, de la Secretaría de Educación, para lo cual cuentan con cinco (5) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del presente comunicado.

Cordialmente,

MAURICIO FONSECA ALVAREZ                              IRMA LUCY ACUÑA SANCHEZ

Director Administrativo                                                    Profesional Especializado

Secretaria de Educación de Boyacá                                             Oficina de Gestión de Personal

 

Raúl R.

 

 

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