Circular No. 009 del 26 de febrero de 2018 de la Dirección Administrativa – Desempeño de funciones y prevención de accidentes de trabajo

Tunja, 26 de febrero de 2018.

Para: Rectores, Coordinadores, Docentes y  Personal Administrativo Instituciones Educativas.

De: Secretaría de Educación de Boyacá.

Asunto: Desempeño de funciones y prevención de accidentes de trabajo.

En atención a la política de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo implementada por el Departamento de Boyacá, desarrollada en el marco de la Ley 1562 de 2012, Decreto 1443 de 2014, Decreto 1072 de 2015 y normas relativas a la salud ocupacional y con el fin de promover la seguridad y prevenir accidentes de trabajo, la Dirección Administrativa de la Secretaría de Educación de Boyacá, recuerda a todos los funcionarios sobre el deber de verificación y  cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo en el desempeño de las actividades cotidianas y conforme a las funciones de cada cargo.

Por lo anterior, se informa a todos los directivos docentes y personal administrativo de las Instituciones Educativas del Departamento que ustedes, al ser parte integral del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo deben ser garantes y verificadores del cumplimiento de las normas de salud ocupacional y prevención de riesgos inherentes a las actividades que se desarrollen dentro de las instalaciones educativas.

En este orden de ideas, se recuerda que las funciones asignadas a los Servidores Públicos, deben ser concordantes con su preparación, experticia y factores de riesgo inherentes a las funciones de su cargo; esto con el fin de evitar exponer a personal no capacitado a accidentes previsibles por el ejercicio de actividades de alto riesgo como trabajo en alturas, riesgo eléctrico, químico entre otros.

De igual forma se informa a los directivos docentes rectores que por ninguna circunstancia debe haber personal que no sea pagado con recursos de Sistema General de Participaciones SGP laborando dentro de las instituciones educativas, pues solamente está autorizado para desempeñar actividades aquel personal asignado directamente por la Secretaría de Educación mediante Acto Administrativo y posterior comunicación al rector sobre dicha asignación.

Sin otro particular, agradecemos su cordial colaboración en el seguimiento de la directriz impartida mediante la presente circular.

Descargar circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

(Visited 1.220 times, 1 visits today)