Circular No. 116 del 29 de Octubre de 2018 – Orientaciones para la fijación de tarifas de matrícula, pensión y materiales educativos del servicio de educación – Privados 2019

Tunja, 29 de octubre de 2018.

Para: Supervisores(as), Directores(as) de Núcleo Educativo, Propietarios(as), Rectores(as), Docentes y comunidad educativa de instituciones educativas privadas de los municipios no certificados del departamento de Boyacá.

De: Secretaría de Educación de Boyacá Inspección y Vigilancia.

Asunto: Orientaciones para la fijación de tarifas de matrícula, pensión y materiales educativos del servicio de educación preescolar, básica y media prestados por los establecimientos educativos de carácter privado para el año escolar que inicia en el 2019.

El Ministerio de Educación Nacional, mediante Resolución No. 016289 del 28 de septiembre de 2018 estableció los parámetros para la fijación de las tarifas de matrículas, pensiones y materiales educativos que las instituciones educativas de carácter privado deben tener en cuenta.

Para la autoevaluación institucional se seguirá aplicando la versión 8 de la Guía No.4 del Manual de Evaluación y Clasificación de los establecimientos educativos Privados de educación Preescolar, Básica y Media, en la cual se desarrollan los lineamientos, indicadores e instrucciones para la evaluación y clasificación de los establecimientos educativos privados. Este manual es de obligatoria aplicación mediante el sistema de información EVI, para la fijación de tarifas de matrícula y pensión en todos los establecimientos educativos privados que ofrecen educación Preescolar, Básica o Media.

Para la fijación de tarifas, los establecimientos educativos de carácter privado deberán tener en cuenta las siguientes variables:

  1. El Índice Sintético de Calidad Educativa (ISCE) en el que se clasifique el establecimiento educativo de acuerdo con los resultados que haya obtenido en el año 2018.
  2. El régimen de matrícula y pensiones en el que se encuentre clasificado el establecimiento educativo ( Reporte autoevaluación EVI)

Todos los  establecimientos educativos de carácter privado deben reportar en el aplicativo EVI, los siguientes anexos:

  1. Acta de aprobación del Consejo Directivo sobre costos educativos.
  2. Informe sobre el estado de ingresos y egresos con corte al mes de octubre de 2018 firmado por el contador(a).
  3. Certificación del contador(a) donde conste el pago de la Seguridad Social Integral de los docentes y administrativos.

Los establecimientos educativos privados deberán reportan al correo privados@sedboyaca.gov.co la  solicitud de expedición de la resolución de costos educativos, con los siguientes datos de la autoevaluación: régimen, ISCE (grupo y puntaje clasificación del establecimiento educativo), porcentaje % de incremento de tarifas para el año 2019 y costos complementarios, lo anterior máximo hasta el día 2 de noviembre del presente año.

Adicionalmente los establecimientos educativos privados que por alguna de las causales establecidas en el artículo 2.3.2.2.4.2 del Decreto 1075 de 2015 se encuentren clasificados en el Régimen Controlado, deberán elaborar un plan remedial para superar las causas que dieron origen a las infracciones de que trata éste artículo. El plan deberá ser remitido por intermedio de la aplicación EVI, de la evaluación institucional.

La Secretaría de Educación de Boyacá expedirá los actos administrativos para la fijación de tarifas aplicables durante el año escolar que inicia en el 2019, antes de que los establecimientos educativos inicien su periodo de matrículas.

Descargar circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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