Comunicado – Evaluación de Docentes y Directivos Docentes en Periodo de Prueba
Tunja, Lunes 06 de Febrero de 2020
La Administración Departamental en garantía del principio meritorio del Artículo 125 de la Constitución Política de 1991, vinculó en período de prueba con efecto fiscal de posesión a integrantes de las listas de elegibles para Docentes Orientadores y de otras áreas comunicadas y publicadas por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC.
Como consecuencia de este proceso los Docentes Orientadores y de otras áreas, objeto de nombramiento en período de prueba en las respectivas Instituciones Educativas, deben cumplir con el proceso de concertación de objetivos con sus evaluadores en el marco del nivel o área para la cual se concursó y que dio origen a su nombramiento y desde la plataforma Humano en Línea – MEN con el código: 504 (EVAL DES DCTES/DIR-DCTES 2020 PERIODO DE PRUEBA), se debe iniciar la construcción de la bitácora de seguimiento (evidencias), que es la base objetiva sobre la cual se asignará porcentaje a cada uno de los ítems del respectivo instrumento de evaluación en período de prueba.
Para efectos del Marco Funcional de los cargos se debe acudir a la Resolución 15683 de 2016, adicionada por la Resolución 000253 del 15 de Enero de 2019.
El proceso de evaluación es de carácter permanente y de responsabilidad solidaria entre evaluadores y evaluados, concluye con el calendario académico de la Entidad Territorial y sólo se podrá evaluar el período de prueba del personal Docente Orientador y de otras áreas y/o niveles que acredite un tiempo igual o superior a 04 meses desde el momento de su formal inicio de labores a la culminación del año académico 2020 (Resolución 007911 del 26 de septiembre de 2019), garantizando que todos los vinculados en período de prueba que cumplan este tiempo queden debidamente evaluados en el Sistema en Línea Humano – MEN con la respectiva radicación del físico original en la sectorial, permitiendo que se constituya el expediente administrativo de los actos de decisión que se deben expedir en cumplimiento del Decreto 915 de 2016 y 1657 de 2016, que se encuentran integrados al Decreto 1075 de 2015.
El personal docente vinculado en Período de Prueba durante el año 2019 y que por diferentes circunstancias de Ley, no lograron acreditar tiempo igual o superior a cuatro (04) meses, continuarán en período de prueba durante el año académico 2020 y su Evaluación de Desempeño deberá considerar la bitácora constituida desde el momento de formal inicio de labores.
Para efectos del CRONOGRAMA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO 2020, se debe acudir a la Circular No.004 del 16 de Enero de 2020.
De requerirse apoyo técnico, el Ingeniero: Marco Tulio Piñeros Chivatá a través del correo: mpineros@sedboyaca.gov.co les prestará la asistencia.