Dan a conocer medidas de prevención y contención de la transmisión del COVID 19 por considerar el entorno educativo como de alto riesgo

Foto: Juan Diego Rodríguez Pardo – UACP

Las comunidades educativas deben atender estas recomendaciones por una eventual introducción del virus.

Tunja, 14 de marzo de 2020. (UACP). Una circular conjunta de las secretarías de Educación y Salud informa sobre las acciones para que las unidades educativas provinciales, rectores, coordinadores, y autoridades locales de los municipios no certificados de Boyacá deben atender prioritariamente para contribuir, desde su competencia, en la prevención, vigilancia activa, preparación y toma de medidas de contención por una eventual introducción del virus en el Departamento de Boyacá, al considerar el entorno educativo de alto riesgo de trasmisión .

De acuerdo con lo anterior, es necesario establecer estrategias de contención de posibles casos, en especial en el ámbito educativo:

  1. Medidas de prevención y/o contención de la transmisión a desarrollar por la comunidad educativa
  • Implementar acciones de información en salud y estrategias de educación y pedagogía en el entorno educativo en relación con la apropiación de los cuidados para prevenir la Infección Respiratoria Aguda (IRA), su manejo inicial en casa y los signos de alarma para consultar, de acuerdo a los mensajes clave definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS), los cuales podrá descargar del siguiente link: https://www.boyaca.gov.co/secretariasalud/aiepi-atencion-integrada-a-las-enfermedades-prevalentes-de-la-infancia/. o en la Página de la Secretaría de Educación de Boyacá sedboyaca.gov.co
  • Implementar rutinas de lavado frecuente de las manos con agua y jabón con una duración entre 40 a 60 segundos, en especial en los siguientes momentos: Al llegar a la Institución educativa, al salir al descanso, antes de ingerir alimentos y bebidas, antes de entrar nuevamente al salón, al llegar a casa, después de cualquier actividad física o cuando las manos están contaminadas por secreción respiratoria después de toser o estornudar, al saludar de mano a otras personas y después de ir al baño. Esto disminuye en un 50% la posibilidad de infectarse. En los casos que no sea posible el lavado de manos, se debe fomentar el uso de gel antibacterial o alcohol glicerinado.
  • Evitar el contacto cercano (menor a 2 metros) y evitar saludar de mano o de beso y tapar boca y nariz cuando va salir o entrar de lugares donde haya cambios bruscos de temperatura. Al estornudar o toser las personas deben cubrirse nariz y boca con el antebrazo, usar papel higiénico y/o un pañuelo desechable. Es necesario lavarse las manos después.
  • Revisar que se mantengan los esquemas de vacunación completos de estudiantes y trabajadores acuerdo con la edad. El uso de tapabocas es solo cuando se presenten síntomas de gripa y solo es recomendable a partir de los 3 años de edad, utilizándolo desde el inicio de los síntomas respiratorios y por los siguientes 7 días.
  • Prohibir, hasta nueva orden, a los estudiantes, personal administrativo, docente o directivo docente asistir a las instituciones educativas y ordenarles permanecer en casa ante síntomas de enfermedades respiratorias. Para el caso de personal administrativo se deberán establecer acciones de teletrabajo u otras que permitan la prestación del servicio educativo, en el caso de los estudiantes se deben establecer acciones de estudio en casa y planes de recuperación académica.
  • Utilizar desinfectantes o alcohol para la limpieza de los objetos, superficies, zonas y materiales de uso constante, garantizando la desinfección diaria de barandas, mobiliario y áreas comunes como comedores, baños, salas de juego, salones, auditorios, bibliotecas, etc. Adelantar brigadas de aseo en cada una de las sedes de las IE con uso de hipoclorito y desinfectantes, apoyados por parte de las autoridades locales y la red de salud del Departamento de Boyacá.
  • Reportar oportunamente a la institución prestadora de servicios de salud municipal o la dependencia que cumpla funciones de Dirección Local de Salud los casos de posible aumento en el ausentismo de los estudiantes, docentes, y personal administrativo por los motivos señalados en la presente circular.
  • Generar espacios para compartir la información contenida en la presente Circular, así como las demás que se expidan desde el Puesto de Mando Unificado, la Gobernación de Boyacá, el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de Salud, con la comunidad de las IE y socializar y orientar a las familias de los estudiantes para que conozcan y comprendan las razones por las cuales, en caso de presentar síntomas de gripa está prohibido enviar a los niños a la Institución Educativa.
  • Informar a los padres de familia que se debe acudir al médico si los niños presentan alguno de los siguientes síntomas: Respiración más rápida de lo normal, fiebre de difícil control por más de dos días, si el pecho le suena o le duele al respirar, somnolencia o dificultad para despertar, ataques o convulsiones, decaimiento, deterioro del estado general en forma rápida.
  1. Acciones para la identificación de casos del Covid-19 en el entorno educativo

Es importante mencionar que si bien los directivos docentes no son los responsables de la notificación de los casos de COVID-19, sí pueden contribuir a la institución prestadora de servicios de salud municipal o la dependencia que cumpla funciones de Dirección Local de Salud si conocen de personas que en el entorno educativo puedan cumplir con la siguiente definición de caso: “Persona que refiere tener al menos dos de los siguientes síntomas:

  • Fiebre cuantificada mayor a 38°C.
  • Tos.
  • Dolor de garganta producido al pasar líquidos o saliva.
  • Respira con dificultad.
  • Se observa fatigado y decaído.

Y que además haya viajado en los últimos 14 días a áreas con circulación activa comunitaria de COVID-19 o estuvo en contacto con una persona diagnosticada con COVID-19. A la fecha solo China, Japón, Corea del Sur, Irán Italia, Francia, España, Alemania, Estados Unidos y Ecuador se clasificaron con circulación activa del COVID-19. Estos datos se actualizan diariamente por el Instituto Nacional de Salud de Colombia y se encuentran para consulta general en el siguiente link: http://www.ins.gov.co/Noticias/Paginas/Coronavirus.aspx.

Una vez identificada, la persona debe ser canalizada a la IPS para valoración por el personal de salud quien determinará si se trata de un caso probable de COVID-19 que requiera activación del sistema de vigilancia en Salud pública.

De manera simultánea de debe:

  • Solicitar al personal Directivo, Docente, Administrativo y asistencial ser prudente con la información del COVID-19, no generar pánico.
  • Evitar trasmitir por redes sociales o cadenas de whatsapp información que no sea la oficial generada por la Organización Panamericana de la Salud, el Ministerio de Salud, El Ministerio de Educación, la Secretaría de Salud y/o la Secretaría de Educación de Boyacá.
  • Abstenerse de compartir o publicar mensajes que induzcan a prácticas inadecuadas de prevención y cuidado sin ningún fundamento científico, pues esto puede facilitar que integrantes de la comunidad educativa tengan poca adherencia a prácticas de cuidado y generar complicaciones.
  • Evitar y controlar asomos de discriminación que pudieran presentarse ante casos sospechosos o confirmados.
  • La declaración de cuarentena o cierre temporal de instituciones educativas constituye una decisión del orden nacional, considerada como la última opción para el control del evento. Por ahora, está descartada. Estaremos informando oportunamente.

La configuración de entornos escolares saludables se logra con la acción articulada y decidida de todos los sectores, por lo cual agradecemos la ejecución de estas indicaciones. El virus está cerca y de nuestra respuesta oportuna depende el impacto que pueda tener en la comunidad educativa del Departamento de Boyacá.

La Circular conjunta 069 fue firmada este 13 de marzo por los titulares de las secretarías de Educación y de Salud del Departamento de Boyacá, en el marco del Reglamento Sanitario Internacional – RSI-2005 y, en ejercicio de las facultades señaladas en las Leyes 115 de 1994 y 1438 de 2011, ante la emergencia en salud pública de importancia internacional ya declarada Pandemia por  la Organización Mundial de la Salud (OMS) generada por el Coronavirus (COVID-19). (Fin-Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo

Gobernación de Boyacá.  

Descargar circular

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