Comités operativos deberán definir qué se hará con los productos perecederos en las instituciones educativas de Boyacá

Así se manifiesta por parte de la Secretaría de Educación, ante la suspensión del Programa de Alimentación Escolar -PAE-.

Tunja, 17 de marzo de 2020. (UACP). Cada entidad territorial deberá realizar un Comité de Seguimiento Operativo Municipal Extraordinario, conformado, como mínimo: Por el rector de la IE, el operador y el Personero Municipal, para que desde allí se establezca qué se hará con la materia prima perecedera previamente entregada y que reposa en la IE de Boyacá, del Programa Alimentario Escolar -PAE-.

Así lo manifiesta el secretario de Educación de Boyacá, Jaime Raúl Salamanca Torres, subdirector Técnico -PAE-, John Jairo Vargas Lasso, a alcaldes, rectores, operadores del Programa de Alimentación Escolar en un oficio complementario a las últimas recomendaciones realizadas desde la sectorial a la comunidad educativa, que han tenido como fin prevenir la propagación del COVID-19.

La anterior disposición se realizó teniendo en cuenta la situación presentada en algunas IE donde para la fecha de suspensión del calendario escolar, el operador (contratista), ya había hecho entrega de la materia prima para la ejecución del Programa de Alimentación Escolar esta semana, se hace necesario acatar las orientaciones dadas mediante la Circular 031 de 17 de Marzo de 2020 de la SEB; la Circular Nº 020 de 2020 emitida por el Ministerio de Educación Nacional; y la Circular Nº 01 emitida por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar-Alimentos para Aprender- (UAPA), la cual dispone:

“Para aquellas entidades territoriales que tengan alimentos perecederos en Instituciones Educativas, bodegas de almacenamiento, puntos de ensamble o distribución se deberá citar a una mesa de trabajo con participación de los representantes de las instituciones educativas, operadores y organismos de control con el objetivo de establecer a partir de la situación y condiciones en el territorio, la destinación y buen uso, que le darán a los alimentos perecederos ya entregados o con vencimiento en las 5 semanas proyectadas de receso académico, bajo un esquema estricto de distribución que reduzca los riesgos de consumo…”

Así mismo, se deberá realizar inventario de los alimentos y una acta en la cual conste la decisión adoptada, y una vez se tome la decisión respectiva, esta deberá comunicarse al Programa de Alimentación Escolar de la Secretaría de Educación de Boyacá, acompañada de los respectivos soportes y evidencia fotográfica de la entrega real de los productos, que según lineamientos dados por la UAPA, prioritariamente deberán ser los mismos estudiantes. (Se sugiere acompañamiento de la Personería Municipal, durante todo el proceso).

Para terminar, se recalca lo establecido en la Circular 01 de 2020, de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar, que manifiesta:

“Cada entidad territorial deberá proceder conforme al marco contractual vigente acogiendo el artículo 4 de la ley 1150 de 2007 como quiera que la entidad estatal debe “incluir la estimación, tipificación, y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación” en los pliegos de condiciones o su equivalente los cuales deben activarse y evitar perjuicios entre las partes contratantes. Es la entidad territorial en el marco de su autonomía administrativa y teniendo en cuenta la matriz de riesgos definida en su proceso contractual quien deberá definir los mecanismos de manera concertada con el operador para buscar acciones en cuanto al manejo de víveres que han sido suministrados de manera previa en centros de almacenamiento en la Institución Educativa. Lo anterior, sin menoscabo de generar un perjuicio entre las partes ante la declaratoria de la emergencia”

Por lo tanto, y teniendo en cuenta lo establecido previamente, la entidad territorial contratante del operador, en conjunto con este, de común acuerdo, deberá, además, definir cómo será el reconocimiento económico de la materia prima que en dado caso, llegare a entregarse a la comunidad, prioritariamente la estudiantil. (Fin/Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo

Gobernación de Boyacá.

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