Comunicado – Precisiones sobre la resolución 03682 de 16 de octubre de 2020 – Proceso ordinario de traslados 2020

Tunja, 09 de noviembre de 2020

Para: Docentes y directivos docentes interesados en participar en el proceso ordinario de traslados 2020.

De: Secretario de Educación.

Asunto: Precisiones resolución 03682 de 16 de octubre de 2020.

Cordial saludo. Deseándoles éxitos en sus labores y reconociendo su compromiso con la Educación Boyacense, nos permitimos de manera generar algunas precisiones sobre los requisitos que se estipularon en el artículo 5 y 14.1 de la Resolución 03682 de 16 de octubre de 2020 a fin de generar claridad y evitar desgaste de los docentes, directivos docentes y de la administración en general dando cumplimiento a los principios de celeridad y economía en el marco de las actuaciones administrativas:

  1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto Ley 019 de 2012, nos permitimos precisar que no es necesario solicitar copia de actos administrativos, constancias, certificaciones y/o documentos que ya reposan en los archivos de la Secretaría de Educación para el cumplimiento de los requisitos que se exigieron en el proceso ordinario de traslados 2020.
  1. El requisito de “Acreditar Registro de Inscripción en el Escalafón Nacional Docente”, será verificado internamente por los funcionarios de la Secretaría de Educación de Boyacá, y no es necesario aportar documento o certificación alguna por parte del postulante, excepto cuando proceden de otra entidad territorial certificada en educación.
  1. Es necesario aclarar, que la Secretaría de Educación de Boyacá no es entidad competente para expedir ningún tipo de certificación de antecedentes disciplinarios de sus funcionarios.
  1. En cuanto a la acreditación de distancia se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
  • Para la distancia existente entre la distancia entre la cabecera principal del municipio en el cual labora y la ciudad de Tunja, dicha distancia será validada por la Secretaría de Educación de Boyacá de conformidad a la información oficial reportada por la Secretaría de Planeación del Departamento de Boyacá.
  • Para acreditar la distancia existente entre las zonas rurales donde se encuentran ubicadas algunas sedes educativas y el casco urbano del municipio, se debe adjuntar certificación emitida por el secretario de gobierno municipal, el secretario de planeación municipal o quien haga sus veces en el municipio respectivo.

Descargar comunicado flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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