Convocatoria No. 001 del 14 de enero de 2022 – Convocatoria pública de cargo directivo docente rector para ser provisto por encargo año académico 2022

Tunja, 14 de enero de 2022

Para: Coordinadores y educadores inscritos en carrera de instituciones educativas de los municipios no certificados del departamento de Boyacá.

De: Secretario de Educación de Boyacá.

Asunto: Convocatoria pública de cargo directivo docente rector para ser provisto por encargo año académico 2022.

Ante las potenciales necesidades educativas en el cargo de RECTOR y hasta tanto se surtan los procedimientos de Ley que permitan su cubrimiento con Directivos Docentes seleccionados por Concurso de Méritos o en Propiedad, en virtud de lo estipulado en la Ley 115 de 1994, Decreto Ley No. 1278 de 2002, Decreto único reglamentario del sector educación 1075 de 2015, Resoluciones No 15683 del 1 de agosto de 2016 y 253 del 15 de enero de 2019, se efectúa Convocatoria Pública dirigida a Coordinadores que estén interesados en ocuparlas de manera temporal, hasta que se agoten los procedimientos respectivos o el titular se reintegre.

El procedimiento específico de acuerdo con el artículo 2.4.6.3.13 dispuesto en el Decreto Único reglamentario del sector educación 1075 de 2015, implica, que para el cargo de RECTOR se puedan inscribir quienes ocupen actualmente cargos de coordinador y docentes con derechos de carrera y que cumplan los requisitos para su participación.

Para el cumplimiento de los requisitos y competencias señalados en la citada norma, al igual que las aptitudes y habilidades, serán referentes normativos obligados Decreto Ley 1278 de 2002, las Resoluciones  No. 15683 del 1 de agosto de 2016 y 253 de 2019, y el  Decreto 2842 de 2010 (Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la operación del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP) y se deroga el Decreto 1145 de 2004), percibiendo de manera inicial que la experiencia docente y directiva docente (Coordinador o rector) y la formación alcanzada, pueden hacer evidentes dichas condiciones.

1. INSCRIPCIONES 

PROPÓSITO PRINCIPAL DEL CARGO DE RECTOR: “Desempeñar actividades de dirección, planeación, coordinación, administración, orientación y programación en las instituciones educativas para liderar la formulación y el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional (PEI), así como velar por la calidad y el mejoramiento continuo de los procesos pedagógicos socio comunitarios de la institución educativa a su cargo.”

FORMACIÓN ACADÉMICA EXPERIENCIA MÍNIMA
Licenciados y No Licenciados

Seis (6) años de experiencia profesional, los cuales puede acreditar en alguna de las siguientes formas:

1. Seis (6) años en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), o

2.Cuatro años (4) en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), y dos (2) años de experiencia en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo o,

3. Cinco (5) años en cargos docentes de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución oficial o privada y, Un (1) año en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), o en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo.

Por lo anterior, con el cumplimiento pleno de requisitos mínimos de acuerdo a las Resoluciones No. 15683 de 2016 y No. 253 de 2019, podrán optar e inscribirse coordinadores y educadores que acrediten derechos de carrera y cumplan requisitos.

La inscripción se efectuará a través de aplicativo dispuesto en la página web de la sectorial.

LA SOLICITUD RESPECTIVA DEBERÁ CONTENER DE MANERA OBLIGATORIA LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:

  • Zona para la cual participa.
  • Años y meses, de experiencia en cargos Directivos Docentes – Rector, Coordinador, director rural.
  • Hoja de Vida SIGEP
  • Tiempo de servicio, si existe, diferente a la entidad territorial que convoca
  • Títulos de pregrado, postgrado (Especialización, Maestría, Doctorado), generados en procesos de formación concluidos. ESCANER
  • Acreditar un desempeño sobresaliente en su última evaluación anual de desempeño e inmediatamente anterior al año de la respectiva convocatoria, cuando el aspirante sea un educador regido por el Decreto Ley 1278 de 2002.
  • Certificado de Antecedentes Disciplinarios obtenido de la página de la Procuraduría General de la Nación. 

Es de responsabilidad única y exclusiva del educador aspirante la información suministrada para efectos de verificación y así mismo le corresponderá a este, identificar un correo electrónico, medio único a través del cual se le comunicará al educador las situaciones derivadas del proceso de selección, diferentes a las de publicación en la pagina web de la sectorial.

2. SOBRE LA OFERTA DE NECESIDADES EDUCATIVAS POR ZONA EN EL CARGO DE DIRECTIVO DOCENTE RECTOR 

De acuerdo a la organización del sector en el departamento y a la normatividad vigente relacionada con la asignación de estos cargos, la convocatoria se realiza por las zonas y para los cargos  que durante el año académico 2022 presenten vacante temporal superior a cuatro meses o definitivas, en el cargo de RECTOR, en las siguientes zonas:

  • SUGAMUXI
  • LA LIBERTAD
  • MARQUEZ
  • NORTE
  • CENTRO
  • GUTIERREZ
  • NEIRA
  • ORIENTE
  • TUNDAMA
  • VALDERRAMA
  • LENGUPA
  • OCCIDENTE 1
  • OCCIDENTE 2
  • RICAURTE ALTO
  • RICAURTE BAJO
  • CUBARA
  • PUERTO BOYACA

En todos los casos las efectivas necesidades educativas en los cargos de Rector requeridas en la presente, para “Encargo”, estarán supeditadas por situaciones legales, entre otras, contenidas en el Decreto 1075 de 2015, a su efectiva existencia.

3. VALORACIÓN Y DEFINICIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LAS LISTAS DE ELEGIBLES 

De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1075 de 2015, adicionado por el Decreto No. 490 de 2016, en lo relacionado con competencias, aptitudes y habilidades de que trata el artículo 2.4.6.3.8, a partir de la experiencia, se ha definido los criterios que a continuación se relacionan, los cuales determinan el orden de elegibilidad de la lista a conformarse por zonas, en orden descendente.

Para el cargo de RECTOR, serán los siguientes referentes, con la intención de presentar mayor claridad y valorar criterios que conduzcan de manera ecuánime a identificar los de mayor mérito en cada caso y que serán objeto de valoración siempre y cuando correspondan a tiempos o condiciones de formación diferentes a las bases obligadas para su participación.

ITEM CRITERIOS DE VALORACIÓN PUNTAJE MÁXIMO RANGO DE PUNTAJE PUNTAJE POR RANGO
1 Experiencia en el cargo como Director Rural, hasta 20 años 15 15
2 Experiencia en el cargo como Coordinador, hasta 20 años 15 15
3 Experiencia en el cargo como Rector, hasta 20 años 25 25
4 Vínculo Laboral en la zona a la que aspira. 15 ÚNICO 15
5 Formación, se valora máximo un título en cada uno de los niveles de formación 10 ESPECIALIZACIÓN 10
10 MAESTRÍA 10
10 DOCTORADO 10

A cada participante se le calificará ponderadamente la experiencia.

La inscripción únicamente podrá realizarse a través del enlace https://japvirtual.com/boyaca/educacion/convocatoria-directivos-sedboyaca/  diseñado para tal fin, por la Secretaria de Educación de Boyacá.  

4. SOBRE LOS RESULTADOS 

De acuerdo con los criterios establecidos para la valoración de las solicitudes, se efectuará el respectivo análisis, el cual conducirá a determinar el orden de elegibilidad de los seleccionados.

En caso de empate, se definirá de la siguiente manera:

  • Se definirá por el tiempo de experiencia en la última institución en que presta el servicio educativo, prevaleciendo la experiencia de tiempo de servicio en cargos de Directivos Docentes.

En caso de persistir el empate, el seleccionado será aquel que ostente mayor número de tiempo de experiencia como rector, director rural y coordinador, en ese orden.

Inmediatamente y hasta un día hábil  siguiente a efectuada la publicación de resultados preliminares, los participantes podrán realizar los reclamos que consideren pertinentes, en el marco de la presente convocatoria y atendiendo al cronograma.

ACTIVIDAD FECHA LUGAR

Convocatoria por zonas para constitución de lista de elegibles para provisión del cargo a través de figura de encargo.

 14 de enero de 2022 Página web de la Secretaría de Educación de Boyacá: http://sedboyaca.gov.co
Inscripción por parte de aspirantes. 17, 18 y 19 de enero de 2022 Aplicativo página web
Valoración y definición del seleccionado. 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28,

31 de enero,  01 y 02  de febrero de 2022.

 Gestión de personal –

Secretaría de Educación de Boyacá.

Publicación de resultados Preliminares 03 de febrero de 2022 Página web de la Secretaría de Educación de Boyacá: http://sedboyaca.gov.co
Presentación observaciones o reclamaciones 04 de febrero de 2022 Aplicativo página web
Análisis reclamaciones y/o observaciones 07, 08 y 09 de febrero de 2022. Secretaría de Educación de Boyacá
Publicación de Resultados Finales 10 de febrero de 2022 Página web de la Secretaría de Educación de Boyacá: http://sedboyaca.gov.co
Audiencia Virtual Dentro de los dos días hábiles siguientes a la identificación de la vacante a proveer Acta de audiencia.
Expedición del Acto Administrativo Día hábil siguiente al de la realización de la audiencia virtual Secretaría de Educación de Boyacá
Notificación de Acto Administrativo Hasta el día  hábil siguiente a la formalización Acto Administrativo Correo electrónico del seleccionado
Posesión del seleccionado sin exigencia de requisito adicional alguno a los ya verificados en el proceso selectivo Día hábil siguiente a la notificación

Secretaría de Educación de Boyacá

 Descargar convocatoria flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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