Circular No. 006 del 26 de enero de 2022 de despacho – Concertación de compromisos laborales período 2022-2023

Tunja, 26 enero de 2022

Para: Director administrativo, Director(a) de área técnico pedagógica, Subdirector talento humano, Asesores de dependencias, Líderes grupos funcionales administración central, Líderes de las Unidades Educativas Provinciales – UEP, Evaluados funcionarios administrativos y Rectores de instituciones educativas de los 120 municipios no certificados del departamento de Boyacá.

De: Secretaria de Educación del Departamento.

Asunto: Concertación de compromisos laborales período 2022-2023 en el aplicativo EDL al personal administrativo con derechos de carrera, asimismo, los funcionarios administrativos con nombramiento provisional de la planta central y de las instituciones educativas de los 120 municipios no certificados del departamento de Boyacá, y evaluación anual de desempeño laboral vigencia 2021 – 2022, del personal administrativo con derechos de carrera, y funcionarios administrativos con nombramiento provisional de la planta central y de las instituciones educativas de los 120 municipios no certificados del departamento de Boyacá.

El tiempo de Ley definido para la Evaluación Anual de Desempeño Vigencia 2021 – 2022  culmina el 31 de Enero de 2022,  razón por la cual los evaluadores de manera concertada con los evaluados y teniendo como base objetiva la bitácora constituida para la vigencia, a partir del 01 de febrero de 2022 y hasta el 21 de febrero de 2022 (dentro de los 15 días hábiles) deben proceder a evaluar en el aplicativo EDL al personal con derechos de Carrera; así mismo, los funcionarios administrativos con Nombramiento Provisional, se debe dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Departamental  099 del 23 de Febrero de 2018.

CRONOGRAMA DE CULMINACIÓN EVALUACIÓN ANUAL DE DESEMPEÑO VIGENCIA  2021 – 2022 

  • Del 01 al 21  de Febrero de  2022,  Evaluación en el aplicativo EDL al personal con   derechos   de   Carrera;   así   mismo,   los     funcionarios administrativos con

Nombramiento Provisional y notificación de la Evaluación de desempeño correspondiente al período 02/01/2021 al 01/31/2022 por parte de: Director (a) Administrativo  (a), Director (a)   Área   Técnico Pedagógica,    Subdirector  Talento

Humano,  Asesores de Dependencias, Líderes Grupos Funcionales Administración Central, Líderes  de las Unidades Educativas Provinciales – UEP y  Rectores de Instituciones Educativas de los 120 Municipios No Certificados del Departamento de Boyacá.

  • 22 al  25  de febrero de 2022, entrega con relación suscrita por el evaluador a los líderes de las Unidades Educativas Provinciales –  UEP, original de los Protocolos de Evaluación de Desempeño vigencia  2021,  debidamente firmados por el Evaluador (a)  y Evaluado (a).
  • 22 al 25 de febrero 2022,  entrega a la dependencia de Gestión de Carrera  con relación suscrita por  Director (a) Administrativo (a), Director (a) Área Técnico Pedagógica,  Subdirector Talento Humano,  Asesores de Dependencias, Líderes Grupos Funcionales Administración Central según corresponda,  los Protocolos de Evaluación de Desempeño vigencia  2021,  debidamente firmados por el evaluador (a)  y evaluado (a).
  • 28 de febrero de 2022; 1,2,3 y 4 marzo de 2022, entrega a la Oficina de Gestión de Carrera por los Líderes de las Unidades Educativas Provinciales – UEP los Protocolos de Evaluación de Desempeño vigencia  2021,  debidamente firmados por el evaluador (a)  y evaluado (a).
  • 22 de Febrero 2022 al 04  de Marzo  de 2022,  trámite de recursos.
  • 07 y 08 de Marzo de 2021, radicación de recursos resueltos.

Para todos los efectos se solicita acudir a las Circulares Nos.017 del 24 de Febrero de 2020 y 053 del 08  de Julio de 2020.

CONCERTACIÓN DEL PERÍODO ANUAL PARA LA VIGENCIA 2022 – 2023

El señor Gobernador del Departamento mediante Decreto 049 de 29 de enero de 2019, adoptó el sistema Tipo para la evaluación de desempeño laboral, definida en el Acuerdo CNSC-20181000006176 de 10 de octubre de 2018 y los instrumentos de evaluación según el artículo 22 del acuerdo, para los empleados públicos de carrera administrativa y en periodo de prueba,  de  la  Administración  Departamental  y  mediante Decreto 092 del  14 de enero de 2020, conformó Comisión Evaluadora de los empleados públicos de carrera administrativa y en periodo de prueba de la Planta Central de la Secretaría de Educación del Departamento.

La Comisión Nacional   del   Servicio   Civil – CNSC   a partir del lunes 17 de enero de 2022, habilitará  en el sistema EDL-APP el  periodo  de  evaluación 2022 -2023, con el fin de que la

Subdirección de Talento Humano o quien haga sus veces carguen y/o actualicen las metas que   serán   insumo   para   la   concertación     de   compromisos   laborales    del     periodo correspondiente.  Por otra parte, a partir del 1° de febrero de 2022 y hasta el 21 de febrero de 2022,  se deberá efectuar la concertación del período anual para la vigencia 2022 -2023, teniendo en cuenta las consideraciones técnicas del Acuerdo 617 de 2018 y su anexo técnico.

De conformidad con lo consagrado en la Ley 909 de 2004, y su reglamentario 760 de 2005 y el hoy vigente Acuerdo CNSC20181000006176 de 2018, es deber de la Entidad garantizar y proteger el sistema de mérito en el empleo público.  Los compromisos funcionales y comportamentales deben ser concertados por el evaluador y el evaluado dentro de los primeros quince días hábiles siguientes al inicio del periodo de evaluación Anual.  Estos compromisos deben estar ligados a evidencias que permitan establecer de manera objetiva, equitativa y transparente el avance, cumplimiento o, incumplimiento de estos durante el período de la evaluación.

El ARTÍCULO 20°. Del Acuerdo establece: “EVALUACIÓN DE SERVIDORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCATIVO.  Corresponderá a la señora Secretaria de Educación o quien haga sus veces, fijar uno de los compromisos para todos los servidores públicos que hacen parte de la planta administrativa de las instituciones educativas; los compromisos deberán ser evaluados por el rector, al final del periodo de evaluación.  Los compromisos serán concertados entre el rector o director rural, según el caso, y El servidor evaluado.”  En cumplimiento de este deber se ha señalado para cada uno de los cargos administrativos en los diferentes niveles un compromiso funcional con su correspondiente porcentaje, que se encuentra debidamente identificado en el Anexo1 y que debe ser complementado en el aplicativo del sistema EDL con los que fije de manera concertada el evaluador primario con el evaluado, sin exceder de cinco. Anexo1: Formato de Evaluación de la CNSC Acuerdo 6176 de 2018.

De conformidad con el Decreto Departamental 0886 del 26 de diciembre de 2019, a la fecha se identifica en la planta de cargos de funcionarios administrativos de las Instituciones Educativas y de la Planta Central de la sectorial Educación con cargo al Sistema General de Participaciones, funcionarios que acreditan derechos de carrera o con nombramiento en provisionalidad, en consecuencia los que acreditan derechos de carrera deben concertar objetivos conforme al aplicativo  del sistema EDL y para los provisionales en el formato Anexo 2,  adoptado dentro de la política de calidad por el gobierno Departamental, señalando  para cada uno de los cargos administrativos en los diferentes niveles el compromiso fijado por la administración  con su correspondiente porcentaje  que se encuentra en el Anexo 1 anteriormente enunciado y que debe ser complementado con los que fije de manera concertada el evaluador primario con el evaluado, sin exceder de cinco. Anexo2: Formato Evaluación Provisionales.

Para el personal administrativo con derechos de carrera y en período de prueba, asignados a las Instituciones Educativas  con jurisdicción en uno de los  120 municipios  no  certificados  en  educación   y  administrados por  el Departamento el único llamado a evaluar será el jefe inmediato del evaluado,  que para todos los efectos en términos generales  es el Rector (a) de la Institución Educativa  respectiva, solamente con excepción de los impedimentos o recusaciones debidamente concertados.

Cumplido este diligenciamiento en un término  que  no  podrá superar el 22 de Febrero de 2022, el evaluador desde el correo institucional direccionándolo al grupo funcional de Gestión de Carrera a través del Sistema de Atención al Ciudadano – SAC enviar los formatos de concertación.

Es importante precisar que la administración no tiene injerencia en el proceso de la Evaluación de Desempeño, más allá de indicar a los evaluadores y evaluados directamente responsables, los marcos normativos y establecer lineamientos que garanticen el ejercicio del proceso en el deber de evaluados y evaluadores y la entrega física del documento soporte para su respectiva ejecución.

El apoyo técnico del proceso de evaluación en la plataforma, se encuentra asignado a la Subdirección de Talento Humano de la Sectorial y adicionalmente para información general del proceso el Grupo de Gestión de Carrera, correos institucionales: iacuna@sedboyaca.qov.co; mjimenez@sedboyaca.gov.co

Descargar circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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