Comunicado – Cambio de los términos de respuesta de Derechos de Petición
Tunja, 10 de junio de 2022
Para: Directivos Docentes, Docentes y Administrativos de Instituciones Educativas Oficiales y Comunidad en General.
De: Secretaria de Educación de Boyacá.
Asunto: Cambio de los términos de respuesta de Derechos de Petición.
El 17 de mayo de 2022, el Congreso de la República, expidió la Ley 2207 de 2022 que modificaba el Decreto Legislativo 491 de 2020, proferido durante las declaratorias de estado de emergencia económica, social y ecológica por causa de la pandemia de COVID-19.
La Ley en mención deroga el artículo 5 del Decreto 491 de 2020, el cual establecía la ampliación de los términos para atender las PQRSDF, modificándolos salvo norma especial, en el entendido que cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos señalados, se deberá informar de inmediato, y en todo caso antes del vencimiento del término señalado, esta circunstancia al interesado (ciudadano) expresando los motivos de la demora y el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, el cual no podrá exceder del doble del inicialmente previsto, por cuanto no se ampliará término alguno a ninguna petición sin el cumplimiento de este requisito, lo anterior a partir del 18 de mayo de 2022, de la siguiente manera:
TIPO DOCUMENTAL | TIEMPO DE RESPUESTA ACTUAL |
Derecho de petición de consulta | 30 días hábiles siguientes a su recepción |
Derecho de petición de información | 10 días hábiles siguientes a su recepción |
Derecho de petición de interés general | 15 días hábiles siguientes a su recepción |
Quejas, reclamos, denuncias | 15 días hábiles siguientes a su recepción |
Recursos | 60 días calendarios siguientes a su recepción |
Felicitaciones, Invitaciones | 10 días hábiles siguientes a su recepción |
Por lo anteriormente mencionado, informo que la Sectorial dará cumplimiento a lo establecido por la Norma.