Circular No. 106 del 4 de octubre de 2022 de despacho – Procedimiento para la definición de la planta de cargos docente y directivo docente año lectivo 2023

Tunja, 4 de octubre de 2022

Para: Rectores (as) de las instituciones educativas oficiales de los 120 municipios no certificados de Boyacá y Directores(as) de Núcleo integrantes de las Unidades Educativas Provinciales.

De: Secretaría de Educación de Boyacá.

Asunto: Procedimiento para la definición de la planta de cargos docente y directivo docente año lectivo 2023.

La Secretaría de Educación de Boyacá con el propósito de garantizar la prestación del servicio educativo y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 10 numerales 10.9 y 10.13 de la Ley 715 de 2001, comedidamente solicita a las Rectoras y los Rectores de las 255 Instituciones Educativas, entregar oportunamente vía correo electrónico institucional la información requerida para realizar el estudio y análisis de planta correspondiente al año 2023, la cual será responsabilidad de los Directores de Núcleo Educativo de las Unidades Educativas Provinciales en coordinación con los integrantes de la Subdirección de Cobertura y Ruralidad.

Se deben remitir los siguientes documentos vía correo electrónico institucional con firmas, los cuales deben ser enviados con antelación a la fecha indicada para llevar a cabo el estudio de planta: según cronograma establecido en el anexo.

  1. Resolución de asignación académica 2022 y sus modificatorias, la cual debe tener en cuenta lo determinado en los artículos 23, 31, 32 y 33 de la Ley 115 de 1994, artículo 41 del Decreto 1860 de 1994, los artículos 1, 2, 3 y 5 del Decreto 1850 de 2002, artículos 10 y 11 del Decreto 3020 de 2002, en concordancia con el libro 2 “Decreto Único Reglamentario del Sector Educativo DURSE 1075 de 2015 – Título 3 Prestación del servicio Educativo”, conteniendo en detalle los datos completos de cada Docente: Documento de identidad, apellidos y nombres completos, título de pregrado, escalafón y grado, tipo de vinculación, área de desempeño, sede y horas.
  2. Plan de estudios vigente, que debe tener anexo el acta y/o acuerdo mediante el cual fue aprobado por el Consejo Directivo y definido con la participación del Consejo Académico como órgano.
  3. Formato Resumen de perfiles de la planta de cargos Docentes de Secundaria y Media que laboran en el establecimiento.

El estudio Técnico de Planta para el año 2023 se hará con el corte de matrícula oficial SIMAT del 01 de septiembre de 2022, con base en las directrices de organización de planta Docente y en observancia de la normatividad vigente.

La matrícula reportada en el sistema integrado de matrícula SIMAT a la fecha indicada determinará el número de grupos por cada grado ofrecido en cumplimiento de las directrices de organización de planta Docente definidos así:

PARÁMETROS PARA LA DEFINICIÓN DE GRUPOS POR GRADO SEDES ÁREA URBANA Y RURAL (GRADUADAS)

  • Preescolar: 32 estudiantes por grupo.
  • Básica Primaria: 36 estudiantes por grupo.
  • Básica Secundaria y Media: 42 estudiantes por grupo.

SEDES ÁREA URBANA Y RURAL (GRUPOS INTEGRADOS) 

  • Preescolar y Básica Primaria: 31 estudiantes por grupo.
  • Básica Secundaria y Media: 25 estudiantes por grupo.

Las Escuelas Normales Superiores que en los dos años anteriores no cumplieron con los requisitos del Decreto 1236 de 2020, si no ofertan ciclo complementario a partir del año 2023 se consideran IE Académicas. Solo se autoriza abrir grupos para el Programa de Formación  Complementaria PFC, si cumplen con el requisito mínimo de 15 estudiantes.

El proceso de revisión y consolidación de la información e identificación de la PLANTA DE CARGOS para cada una de las IE, se realizará por las Unidades Educativas Provinciales – UEP con el apoyo de la Subdirección de Cobertura Educativa y Ruralidad de la Secretaría de Educación de Boyacá, entre el 18 de octubre y el 4 de noviembre de 2022, según programación que establezca la Unidad Educativa Provincial en coherencia con el cronograma anexo organizado para las UEP.

Las Horas Extras Regulares AUTORIZADAS para el año 2023 serán únicamente las que surjan del estudio Técnico de Planta realizado y viabilizado para la Institución Educativa.

Finalmente, se recuerda que las horas extras de recuperación generadas por incapacidades o no presencia oportuna de docentes, se deben tramitar para su validación mediante radicación a través del Sistema de Atención al Ciudadano SAC dirigido a la Subdirección de Cobertura Educativa y Ruralidad en los formatos Excel 1 y 2, horario de recuperación y resolución de asignación de horas extras.

Descargar circular y anexo flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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