Circular No. 016 del 17 de marzo de 2023 de despacho – Mecanismos de participación estudiantil en las instituciones educativas del departamento de Boyacá

Tunja, 17 de marzo de 2023

Para: Directivos docentes, docentes, estudiantes, y comunidad educativa de las instituciones educativas oficiales y no oficiales de los 120 municipios no certificados de Boyacá.

De: Secretaría de Educación de Boyacá.

Asunto: Mecanismos de participación estudiantil en las instituciones educativas del departamento de Boyacá.

Teniendo como referente la excelente labor y compromiso de las Comunidades Educativas del departamento con la calidad de la educación, se solicita de manera atenta a todas las Instituciones Educativas oficiales y privadas del Departamento de Boyacá, allegar hasta el próximo 28 de abril únicamente a la dirección de correo sedboyacapaz@gmail.com, con destino al proceso de implementación de la Cátedra para la Paz, informe ejecutivo en membrete institucional con fechas y firma de responsables en  el que se determine el enfoque y perspectiva de la participación estudiantil en las instituciones educativas de la entidad territorial, teniendo como base las prácticas y experiencias pedagógicas de tal manera, que se permita conocer  los puntos de vista, valoraciones, aciertos, desaciertos, observaciones y sugerencias de las comunidades educativas locales respecto a la participación de los estudiantes en el proceso democrático con enfoque educativo.

Lo anterior teniendo en cuenta que, hasta el momento el proceso de implementación de la Cátedra para la Paz establece responsabilidades concretas a los actores educativos a cargo nominal de la Secretaria de Educación de Boyacá (directivos, consejos académicos, orientadores y docentes) en lo que refiere a la propuesta, planeación y desarrollo documental, quedando pendiente regular las responsabilidades de los otros actores educativos que son los protagonistas de los resultados de dicha Cátedra, a saber, la familia, el sector productivo, comunidad local y más concretamente, la población estudiantil a la que, en últimas, se aplica el proceso de metacognición y la evaluación de aprendizajes. El marco legal en que se sustenta la presente es la ley 1732 de 2014 en el artículo 6 y el decreto 1038 de 2015 en sus artículos 2 y 8 y en concordancia con lo dispuesto por la ley 1620 de 2013 en sus artículos 13 (especialmente lo referido en el numeral 8) y artículos 17 a 22 de la misma norma.

Con esta solicitud se pretende finalizar el proceso de implementación de la Cátedra de la Paz en la totalidad de Instituciones Educativas para garantizar la participación efectiva de las comunidades educativas y desde las aulas se haga un trabajo permanente encaminado a una visible cultura de paz y desarrollo sostenible con aportes válidos y evidenciables a los proyectos de vida en aras de contribuir grandemente a la política de calidad educativa del Ministerio de Educación Nacional.

Descargar circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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