Comunicado – Confirmación de ampliación de cobertura en preescolar
Tunja, 29 de enero de 2024
Para: Integrantes de las Unidades Educativas Provinciales, Rectores de las 255 instituciones educativas oficiales de los 120 municipios no certificados de Boyacá.
De: Secretaría de Educación de Boyacá.
Asunto: Confirmación de ampliación de cobertura en preescolar.
Atento saludo.
La Secretaría de Educación de Boyacá en acompañamiento de las políticas del Ministerio de Educación Nacional, busca ofrecer orientaciones respecto a la ampliación progresiva del segundo ciclo de educación inicial, de acuerdo al Decreto 1411 del 29 de julio de 2022, en cumplimiento de la meta de universalización de la educación inicial en el marco de la atención integral.
En concordancia con lo anterior, se convoca a los Directores de Núcleo Educativo Provincial y a los rectores de las 255 Instituciones Educativas oficiales de los 120 municipios no certificados del Departamento de Boyacá, a realizar la confirmación de la ampliación del preescolar en sus respectivas instituciones.
Por medio de un oficio dirigido a la Secretaria de Educación de Boyacá, manifieste de un consentimiento voluntario que acepta la implementación de los grados prejardín y jardín, la cantidad de docentes de aula e itinerantes, por sedes educativas que requiere y que cuenta con las aulas, mobiliario a escala y baterías sanitarias a escala.
Para este oficio tenga en cuenta los aportes que ofrece el MEN y los que debe tener la Institución Educativa:
El Ministerio de Educación Nacional ofrece:
- Docentes:
Docente de Aula:
Son docentes que atienden un grupo de estudiantes ubicados en un aula y permite acceso oportuno al sistema educativo, además ofrece acogida, bienestar y permanencia. En este caso para los grados de prejardín, jardín y transición.
Docente Itinerante:
Son docentes que llegan al encuentro de las niñas y los niños de las zonas más remotas del país, si bien, estarán vinculados a un establecimiento educativo en particular, son docentes que se trasladan, a los hogares, para garantizar el acceso a la educación en primera infancia. En la mayoría de los casos, atravesando importantes dificultades en términos de movilidad, lo que evidencia los aportes desde la educación para la transformación social de los territorios. Todo esto, con el fin de implementar estrategias flexibles en territorios rurales para la atención educativa de niñas y niños en prejardín, jardín y transición para que accedan oportunamente y permanezcan en el sistema educativo, con la participación genuina de las familias y comunidades.
- Material pedagógico
La institución educativa deben contar con:
- Aulas
- Mobiliario a escala
- Baterías sanitarias a escala
Las relaciones técnicas alumno- docente pueden consultarse en los siguientes documentos:
- Decreto 1411 del 29 de julio de 2022
http://sedboyaca.gov.co/wp-content/uploads/2024/01/decreto-1411-del-29jul2022-men.pdf
- Circular 30 del 12 de septiembre de 2023
Para resolver las inquietudes que surjan de la confirmación de la cantidad de docentes que requieren y demás, se puede comunicar al número 3203412177 de María del Carmen Barrera Bermúdez Directora de Núcleo de Desarrollo Educativo, Líder de Educación Inicial de la Secretaria de Educación de Boyacá o al correo mbermudez@sedboyaca.gov.co
Agradecemos la elaboración del oficio y el envío de este a los correos: mbermudez@sedboyaca.gov.co , cobertura@sedboyaca.gov.co plazo máximo viernes 2 de febrero de 2024.