Circular No. 013 del 03 de mayo de 2017 de la Dirección Administrativa – Transparencia en trámites procesos y procedimientos de la Secretaría de Educación departamental

De: Dirección Administrativa

Para:  Jefes de oficina, líderes de procesos, funcionarios de la planta central de la Secretaría de Educación de Boyacá y usuarios en general.

Asunto: Transparencia en trámites procesos y procedimientos de la Secretaría de Educación departamental.

Fecha: 03 de mayo de 2017.

El artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de funciones y que la administración pública tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Los servidores públicos deben tener presente que entre los fines esenciales del Estado están los de servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.

Para el caso en particular, el usuario que ingresa a una dependencia de la Secretaría de Educación Departamental y se comunica con una persona que hace parte de la entidad, presume válidamente encontrarse frente a un funcionario que, en su campo, es depositario de la confianza de la entidad, sin que deba esperarse de su parte que guarde dudas respecto de las directrices o respuestas provenientes del respectivo servidor público.

Las diferentes dependencias que conforman la Secretaría de Educación Departamental, cuentan con personal idóneo eficiente, eficaz e íntegro, para adelantar los diferentes procesos y procedimientos de competencia de cada dependencia; de igual forma, se cuenta con los medios tecnológicos requeridos para que los usuarios formulen consultas, quejas, sugerencias o reclamos, sin que sea necesaria la intervención de terceros ajenos a la Administración Departamental.

Por lo anterior, es importante recordar que los trámites que se adelantan en esta Secretaría son de carácter gratuito, por lo que no se puede permitir intervención de tramitadores e intermediarios o que se efectúen cobros distintos a los autorizados en la normatividad vigente. De tal forma, muy respetuosamente se solicita informar a la Dirección Administrativa los eventos en los que se tenga conocimiento de dichas prácticas que se consideren indebidas en relación con los trámites a cargo de esta sectorial.

Descargar Circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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