Circular No. 019 del 09 de Febrero de 2018 – Orientaciones para el desarrollo de las actividades de la segunda semana de desarrollo institucional – Semana Santa

Tunja, 09 de febrero de 2018

Para: Supervisores(as), Directores(as) de Núcleo Educativo, Rectores(as), Coordinadores(as), Docentes y Administrativos de los municipios no certificados del departamento de Boyacá.

Asunto: Orientaciones para el desarrollo de las actividades de la segunda semana de desarrollo institucional – Semana Santa, establecida en la resolución 008209 del 31 de octubre de 2017, por la cual se fija el calendario académico del año lectivo 2018.

Con el fin de dar a todos los funcionarios la posibilidad de compartir más tiempo con sus familias en la semana de reflexión y recogimiento espiritual (Semana Santa), ésta Sectorial se permite informar a los(as) Rectores(as), que están autorizados para reajustar los horarios de trabajo habitual, con el fin de compensar el tiempo laboral de los días hábiles: 26, 27 y 28 de marzo de 2018.

Por competencia, los(as) Rectores(as) deben convocar al Consejo Directivo, para acordar las fechas y tiempos en los cuales se desarrollarán las actividades establecidas para los días laborales de Semana Santa. Las fechas a pactar serán las que corresponden a los sábados 17 y 24 de febrero; 3, 10 y 17 de marzo y lunes 19 de marzo del presente año.

En el Acuerdo aprobado por el Consejo Directivo se debe plasmar el cronograma con las fechas a recuperar  y los mecanismos de control que permitan evidenciar su desarrollo; dicho cronograma debe ser anterior al 24 de marzo de 2018 y en nada debe comprometer la Jornada Laboral establecida en el Decreto 1075 del 26 de mayo de 2015.

Una vez promulgado el Acuerdo, deben enviar copia al Líder de la Unidad Educativa Provincial respectiva; los Directores de Núcleo Educativo desde su competencia y  en el horario especial establecido para recuperar los tres (3) días laborables de Semana Santa, elaborarán la programación de visitas a las Instituciones Educativas y la enviarán al Coordinador de las UNIDADES EDUCATIVAS PROVINCIALES para su aprobación y harán el seguimiento respectivo, para verificar el cumplimiento de los  horarios de trabajo destinaros a compensar los tres (3) días laborables correspondiente a la Segunda Semana de Desarrollo Institucional – Semana Santa.

Los Administrativos que laboran en las Instituciones Educativas, concertarán con el Rector(a) los horarios a cumplir para compensar los días lunes 26, martes 27 y miércoles 28 de marzo de 2018.

Los (as)  Supervisores(as) de Educación  y Directores (as)  de Núcleo Educativo de la Planta Central de la Secretaría de Educación de Boyacá, se acogerán a lo establecido en la Circular 021 del 05 de febrero de 2018, expedida por la Gobernación de Boyacá y relacionada con el “Horario Especial para Semana Santa”.

Descargar Circular flecha-que-representa-una-descarga_318-481-e1463164013751

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