Los accidentes de trabajo y enfermedades se deben reportar hasta 48 horas después de ocurridas

La Directora Administrativa y Financiera de Educación extiende la invitación para no incurrir en inconvenientes.

Tunja, 11 de octubre de 2019. (UACP). A reportar en un tiempo no mayor a 48 horas después de sucedido un accidente de trabajo o enfermedad profesional que ocurra dentro de la Institución Educativa a su cargo, invita la Secretaría de Educación de Boyacá a los directivos docentes-rectores y a funcionarios administrativos del sector para evitar inconvenientes con la Administradora de Riesgos Profesionales Positiva ARL y GERIZIM Salud y Seguridad en el Trabajo, para los trabajadores mencionados.

Según la directora Administrativa y Financiera de la Secretaría de Educación de Boyacá, Ross Mery Bernal Camargo, se recuerda que posterior a este proceso se debe hacer la remisión del reporte a la sectorial y que de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 62 del decreto 1295/94, se establece, que  “Los empleadores están obligados a informar a sus trabajadores los riesgos a que pueden verse expuestos en la ejecución de la labor encomendada o contratada”.

Además reitera, que todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que ocurra en una empresa o actividad económica, deberá ser informado por el respectivo empleador a la entidad administradora de riesgos profesionales y a la entidad promotora de salud, en forma simultánea, dentro de los dos días hábiles siguientes de ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad” . (Fin-Juan Diego Rodríguez Pardo-UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo

Gobernación de Boyacá.

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