Convocatoria No. 08 del 3 de mayo de 2022 – Oferta a través de encargo de vacantes en el cargo de profesional universitario
Tunja, 03 de mayo de 2022
Para: Funcionarios administrativos del nivel técnico que pertenecen a la planta global de cargos de la Secretaría de Educación de Boyacá y que son financiados con recursos del Sistema General de Participaciones, nombrados en propiedad, e inscritos en carrera administrativa.
De: Director Administrativo y Financiero.
Asunto: Oferta a través de encargo de vacantes en el cargo de profesional universitario.
De acuerdo a lo previsto en la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004, mediante el cual se expiden normas que regulan el Empleo Público, La Carrera Administrativa, Gerencia Pública, de manera particular expresa en el capítulo IV sobre el ingreso y ascenso al empleo público; y la Ley 1960 de julio de 2019, por la cual modifica parcialmente la Ley 909 de 2004, el artículo 24 quedó así: “Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en estos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño es sobresaliente.”
Igualmente estipula que “El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el empleo inmediatamente inferior de la Planta de Personal de la entidad… En caso de vacancia definitiva el encargo será hasta por el término de tres (3) meses, prorrogable por tres (3) meses más, vencidos los cuales el empleo deberá ser provisto en forma definitiva.”
Teniendo en cuenta el precepto normativo enunciado y ante la existencia de una vacante definitiva en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, del NIVEL PROFESIONAL, en la Sede Central de la Secretaría de Educación de Boyacá, se hace necesario realizar los procedimientos mencionados para su provisión a través de la figura de encargo.
Los requisitos para el cargo y las funciones previstas, de acuerdo al manual de funciones vigente, formalizado a través del Decreto 886 de 26 de diciembre 2019.
PROPÓSITO PRINCIPAL DEL CARGO PROFESIONAL UNIVERSITARIO: “Evaluar, proponer y aplicar las políticas y actividades propias al grupo de desempeño, que contribuyan al desarrollo oportuno de los planes, programas y proyectos de la sectorial, para el cumplimiento de la gestión administrativa.”
FUNCIONES ESENCIALES:
- Participar en la formulación, diseño, organización, ejecución y control de planes y programas del área interna de su competencia
- Promover y participar en los estudios que permitan mejorar la prestación de los servicios a su cargo y el oportuno cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, así como la ejecución y utilización óptima de los recursos disponibles.
- Elaborar proyectos de formatos y presentarlos para su aprobación y respectiva implementación
- Adelantar estudios, presentar informes ejecutivos y alternativas de solución para la toma de decisiones
- Garantizar la clasificación, actualización de sistemas de información Institucionales
- Evaluar el desarrollo de las actividades propias del grupo funcional, en la búsqueda de aplicación de los principios de eficiencia y eficacia administrativo, proyectando, desarrollando y recomendando las acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos y las metas propuestas.
- Implementar el desarrollo y sostenimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión Institucional.
- Desempeñar las demás funciones asignadas por las normas o autoridad competente, de acuerdo con el nivel, naturaleza y área de desempeño.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS | EXPERIENCIA |
Título profesional en uno de los siguientes núcleos básicos de conocimiento:
– Administración de Empresas y Administración Pública – Ingeniería Administrativa e Ingeniería Industrial – Derecho – Economía – Contaduría Pública – Ingeniaría de Sistemas e Ingeniería Electrónica Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley. |
Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional relacionada
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ALTERNATIVA | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA |
Título profesional en uno de los siguientes núcleos básicos de conocimiento:
– Administración de Empresas y Administración Pública – Ingeniería Administrativa e Ingeniería Industrial – Derecho – Economía – Contaduría Pública – Ingeniería de Sistemas e Ingeniaría Electrónica Con Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo. Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley. |
Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada. |
1. SOBRE LA OFERTA DE CARGO DEL NIVEL PROFESIONAL
De acuerdo a la normatividad vigente relacionada con la asignación de este cargo, actualmente se presentan vacantes, en el cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO:
No | Cargo | Municipio | Lugar | Tipo de Vacante |
1 | Profesional Universitario, Código 219, Grado 18 |
TUNJA |
SEDE CENTRAL |
DEFINITIVA |
En necesario aclarar que la aplicación a la presente convocatoria solo podrán participar Funcionarios inscritos en carrera administrativa, los cuales deben cumplir con los dos requisitos mínimos habilitantes simultáneamente, es decir: Formación Académica y Experiencia Mínima; Igualmente el empleo a proveer recaerá en el empleado de carrera que está en el cargo inmediatamente inferior y cuya evaluación sea sobresaliente, o en su defecto satisfactoria. Procedimiento que deberá realizarse sucesivamente descendiendo en la planta de personal de la entidad.
La inscripción debe efectuarse mediante solicitud escrita, a través del Sistema de Atención al Ciudadano (SAC) de la Secretaría de Educación de Boyacá, en la ventanilla o sistema virtual (24 horas), la cual deberá contener de manera obligatoria, la siguiente información, ADJUNTADO LOS SOPORTES QUE NO SE ENCUENTREN EN LA HISTORIA LABORAL QUE REPOSA EN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ
- Cargo Actual
- Certificaciones de experiencia laboral
- Fotocopias de títulos de Estudios requeridos mínimos
- Evidencia del cumplimiento del Decreto 2842 de 2010 (Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la operación del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP) y se deroga el Decreto 1145 de 2004), adjuntar Hoja de Vida, SIGEP.
Las inscripciones se realizarán dentro de los DOS (2) días hábiles siguientes a la publicación en la página web de la Secretaría de Educación de Boyacá de la presente convocatoria.
En caso de presentarse dos o más funcionarios de carrera administrativa que acrediten los requisitos para la provisión del empleo, se seguirá la etapa de valoración y definición del ganador.
Es importante mencionar, que la administración podrá en cualquier momento, verificar documentación relacionada a la inscripción en la convocatoria.
2. VALORACIÓN Y DEFINICIÓN DEL GANADOR (Etapa Clasificatoria)
De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto No. 815 de 2018, en lo relacionado con competencias, aptitudes y habilidades, a partir de la experiencia, se ha definido los criterios que a continuación se relacionan, los cuales podrán determinar el ganador en cada caso.
Para el cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, serán los siguientes referentes, con la intención de presentar mayor claridad y valorar criterios que conduzcan de manera ecuánime a ubicar los de mayor mérito en cada caso:
ITEM | CRITERIOS DE VALORACIÓN | PUNTAJE MÁXIMO | RANGO DE PUNTAJE | PUNTAJE POR RANGO |
1 | Experiencia adicional a la mínima exigida, en cargo del nivel profesional, hasta 10 años | 15 | ÚNICA | 15 |
2 | Formación, se valora máximo un título en cada uno de los niveles de formación | 20 | ESPECIALIZACIÓN | 20 |
30 | MAESTRÍA | 30 | ||
3 | Aplicación de prueba escrita y práctica de competencias laborales, de acuerdo a los procesos de MIGP de la Secretaría de Educación de Boyacá. | 35 | ÚNICA | 35 |
Con respecto a la aplicación de prueba escrita y práctica de competencias laborales, se citarán a los seleccionados, quienes continúan en la etapa de valoración y definición del ganador, a los cuales se les informará tipo de prueba, lugar, fecha y hora de aplicación de la prueba.
3. SOBRE LOS RESULTADOS
De acuerdo a los criterios establecidos para la valoración de las solicitudes, se efectuará el respectivo análisis, el cual conducirá a determinar a los ganadores.
En caso de empate, se definirá de la siguiente manera:
Se realizará con base en el puntaje máximo de la última Evaluación de Desempeño Laboral, de persistir el empate el servidor seleccionado será aquel con derechos de carrera más antiguo de Ia entidad.
Inmediatamente efectuada la publicación de resultados preliminares, los participantes podrán realizar los reclamos que consideren pertinentes, en el marco de la presente convocatoria, en los DOS (2) días hábiles siguientes contados desde el momento de la publicación, a través del aplicativo SAC de esta entidad (virtual durante las 24 horas del día).
Una vez vencidos estos términos, y resuelta la etapa de reclamaciones sobre los resultados preliminares, se procederá a publicar resultados finales, y formalizar el mismo mediante acto administrativo, sobre los respectivos encargos de los seleccionados.