Estos son los trámites que puede adelantar en la Secretaría de Educación (parte 1)

Foto: Dalin Bejarano-UACP

La sectorial informa los procedimientos administrativos que realiza para la comunidad.

Tunja, 13 de septiembre de 2022. (UACP). La Secretaría de Educación de Boyacá, dentro de su oferta de servicios, realiza diferentes procedimientos administrativos o trámites para la comunidad educativa y público en general del departamento.

A continuación, la sectorial da a conocer el primer paquete donde se enunciará y explicará cada una de las diligencias que se adelantan en esta sectorial y el link donde pueden encontrar la información respectiva.

  1. Inscripción en el escalafón docente regido por el Decreto 1278 de 2002: efectuar la inscripción en carrera del personal docente y directivo docente que superó concurso de méritos y periodo de prueba con acreditación de requisitos de ley, garantizando que la docencia y la dirección de la misma sea ejercida por personal idóneo, partiendo del reconocimiento de su formación, experiencia, desempeño, competencias y mérito como atributos esenciales que orientan todo lo referente al ingreso, permanencia, ascenso y reubicación de nivel del servidor docente, en el propósito de una educación con calidad, desarrollo y crecimiento del Talento Humano vinculado a través de la figura de concurso público de mérito.
  2. Reconocimiento salarial por acreditación de título de posgrado, docente escalafonado grado dos, Decreto 1278 de 2022: garantizar al personal docente y directivo docente al cual se le reconoce salario en el grado dos del escalafón regido por la Ley y que acredite título de posgrado, reajuste salarial porcentual.
  3. Inscripción en el escalafón docente regido por el Decreto 2277 de 1979: Efectuar la inscripción en el escalafón docente, garantizando que la docencia sea ejercida en el sector privado por educadores idóneos, buscando con ello educación con calidad, y desarrollo y crecimiento profesional de los docentes.
  4. Certificación laboral: Expedición de certificaciones según formato requerido que establece el periodo laborado para cada servidor público.
  5. Certificaciones Carrera Docente: Generar constancia que identifique el estatuto que rige al docente o al directivo docente, y el grado y nivel en el cual se encuentra. Así mismo los derechos salariales reconocidos por acreditación de títulos de posgrado. Inicia con la verificación en los sistemas de información de talento humano y los archivos de gestión que están bajo la guarda del proceso de gestión de carrera y culmina con la elaboración de documento donde se hace constar la condición y los derechos que se han concedido al personal de carrera y en provisionalidad en materia salarial.
  6. Ascenso en el concurso por escalafón docente, Decreto Ley 1278 de 2002: El profesional responsable del proceso identifica los posibles candidatos a ser reubicados o ascendidos mediante un análisis de planta de docentes y directivo docente, que pueden participar en el proceso de evaluación de competencias que la entidad territorial convoca en el marco del cronograma que define la Nación MEN, para lo cual deberá verificar quiénes de los docentes y directivos docentes vinculados mediante concurso y bajo la normatividad contenida en el decreto ley 1278 de 2002 cumplen tres (3) años o más en el servicio educativo estatal y cuentan con las evaluaciones de desempeño superadas (satisfactoria o sobresaliente).

La información completa la pueden encontrar en el siguiente link:

http://sac2.gestionsecretariasdeeducacion.gov.co/Ciu_TramitesCategorias_Busqueda/

(Fin / Yanneth Fracica / Juan Diego Rodríguez / UACP).

Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo.

Gobernación de Boyacá.

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